--- title: "Diferencias salariales" url: https://www.escritosjuridicos.com/3-diferencias-salariales-modelos-de-demandas/ date: 2019-04-03 modified: 2019-04-25 author: "admin" categories: ["cobro", "comercio", "Constitución nacional", "CONSTITUCIONAL", "CONTRATO DE TRABAJO", "CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO", "Corte Suprema de Justicia de la Nación", "COSTAS", "CUIT", "datos", "defensa en juicio", "derecho", "DERECHO DE PROPIEDAD", "diferencias salariales", "DNI", "DOCTRINA", "documentación", "domicilio electrónico", "empresa", "Escritos Jurídicos", "factura", "garantías", "garantías constitucionales", "General", "inconstitucionalidad", "intereses", "IVA", "juez", "juicio", "LABORAL", "ley", "LIBROS", "liquidación", "mensual", "Multa", "notificación", "OBras Sociales", "PAGO", "pericial contable", "plazo de prescripción", "PRACTICA", "premios", "producción", "profesión", "prohibición", "PRUEBA", "prueba documental", "prueba pericial", "REMUNERACION", "remuneraciones", "SEGURIDAD SOCIAL", "sentencia", "sueldo anual complementario", "TRABAJADOR", "trabajo", "ventas"] tags: ["base de cálculo", "Constitución nacional", "constitucionalidad", "CONSULTAS", "enfermedad", "ESCRITOS JURÍDICOS", "facturación", "General", "inconstitucionalidad", "Jurisprudencia", "Laboral", "Liquidación", "notificación", "proveedor", "prueba pericial", "sentencia"] type: post lang: es --- # Diferencias salariales INICIA Demanda por DIFERENCIAS SALARIALES Señor Juez: ……………………………, abogado inscripto en el Tº …… Fº …… del CPACF -, CUIT ……………………………, responsable ante la AFIP como ……………………………………, denunciando el domicilio electrónico con el CUIT …………………………, constituyendo el domicilio legal en la calle …………………………………………… de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, zona de notificación ……, correo electrónico ……………………………………, teléfono ……………, fax ………………………… a V.S. respetuosamente me presento y digo: I. PERSONERÍA Que vengo a presentarme ante V. S. en nombre y representación de la Sra.: ………………………………………… con domicilio real en la calle ………………………………………………, de nacionalidad ……………………………, nacida el día ……………………………, de estado civil ………………, comprobando su identidad mediante DNI ………………………, conforme lo justifico con el poder especial que adjunto y que fuera suscripto por ante la oficina de poderes de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, el que declaro bajo juramento que se encuentra plenamente vigente. II. OBJETO En tal carácter, y habiendo recibido precisas instrucciones de mi poderdante, vengo por el presente en tiempo y forma a iniciar formal Demanda por cobro de diferencias salariales de los meses de julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2016 y diferencia en el SAC del segundo semestre de 2016, por la suma de pesos dieciséis mil doscientos cincuenta ($ 250), o lo que en más en menos resulte de la prueba a producirse en autos, con más sus intereses hasta su efectivo pago y costas procesales, con la ampliación de la cuantía inicial por el vencimiento de cuotas periódicas futuras y la corrección de la categoría y salario de la actora conforme se denuncia y se alega, si no lo hiciere antes el demandado, contra ………………………………………………… con domicilio en la calle ……………………………………………… ……………………… de la ciudad de …………………………, quien se dedica a ………………………… y tiene su establecimiento sito en la calle …………………………………, domicilio donde desempeñaba la demandante las tareas, por las consideraciones de hecho y de derecho que a continuación se exponen. Los conceptos reclamados en esta demanda no se encuentran alcanzados por el plazo de prescripción bienal previsto en la ley especial ya que el crédito se originó con fecha ……………………, siendo esta presentación en legal tiempo. III. COMPETENCIA Que V.S. es competente según la materia, para entender en estas actuaciones en virtud del artículo 20 de la Ley 345, en tanto se trata de una acreencia derivada de un conflicto suscitado en el marco del desenvolvimiento de un contrato de trabajo y conforme el artículo 24 del mismo ordenamiento legal resulta competente por ser el Juez del lugar donde desempeñó el actor su trabajo, esto es, el establecimiento del demandado sito en la ciudad de Buenos Aires. IV. HECHOS Mi poderdante, actora en estas actuaciones, comenzó a trabajar en relación de dependencia en la empresa denominada ………………, cuyo propietario/gerente/socio/representante lo contrató para realizar las tareas de recepcionista en mostrador de ingreso del local cuya marca comercial es ………………………  La relación laboral comenzó el día 30/11/201 Su categoría laboral correspondía a la de recepcionista conforme las especificaciones del Convenio Colectivo de Empleados de Comercio Nº 130/75 artículo 6 inciso a). Cumplía un horario de lunes a viernes de 9.00 hs a 00 hs con una hora de descanso y/o almuerzo en la franja horaria del mediodía. La remuneración percibida por la demandante en los últimos meses ascendió a la suma de pesos veintidós mil quinientos ($ 22.500) que cobraba mediante la acreditación en una cuenta bancaria a su nombre y se le entregaron los pertinentes recibos de haberes cuyos duplicados fueron suscriptos. Desde el mes de julio de 2016 la Sra. ………………… venía desarrollando además de las tareas de recepcionista para la cual fue contratada, las propias de una secretaria, como atención de proveedores, administración de cuentas corrientes de clientes habituales, facturación, ordenes de pedidos, control administrativo de ventas y compras en general. El salario mensual correspondiente a estas tareas según el convenio colectivo de trabajo mencionado es de pesos veinticinco mil ($ 25.000) mensuales. En el mes de setiembre y ante la circunstancia de llevar todo el mes de julio y agosto realizando las tareas descriptas y en el momento de suscribir ambos recibos de haberes correspondiente a esos meses, la actora advierte que su remuneración seguía siendo la misma a pesar de los numerosos reclamos verbales formulados a su principal para resolver el conflicto en el marco de la relación laboral sin tener que llegar a hacer un reclamo formal ni mucho menos una demanda. En el mes de octubre acuerda en forma privada con su empleadora la modificación de la remuneración para el mes de noviembre en adelante y por los meses de julio, agosto y setiembre acordaron una gratificación no remunerativa equivalente a la diferencia de dichos meses, pagadera en el mes de diciembre. Todo este acuerdo de partes fue en forma verbal. De esta manera, llegado el mes de diciembre, al percibir la remuneración de noviembre la actora advierte el fracaso de sus reclamos y que el demandado no cumplió con los mismos. Así, con fecha 05/12/2016 envía el telegrama TCL Nº ……………… a tenor del siguiente texto: *“Encontrándome laborando bajo sus órdenes y en relación de dependencia desde el 30/11/2014 en su empresa dedicada a ……………… con domicilio en ………………… con una categoría laboral de administrativa recepcionista, y desde el mes de julio a la fecha como secretaria, cumpliendo un horario de lunes a viernes de 9 hs a 18 hs, con una remuneración bruta mensual de $ 22.500 y habiéndoseme otorgado tareas propias de la categoría laboral de secretaria desde el 01/07/2016, como atención de proveedores, administración de cuentas corrientes de clientes habituales, facturación, ordenes de pedidos, control administrativo de ventas y compras en general, sin modificación en mi remuneración por la agregación de tareas extraordinarias y cambio de categoría laboral, a pesar de los reiterados reclamos verbales por mí vertidos y del acuerdo al que verbalmente arribamos, por la presente lo intimo por el plazo de 48 horas hábiles para que me asigne una nueva remuneración de pesos veinticinco mis ($ 25.000) desde el día de la fecha en adelante acorde a las nuevas tareas que vengo desarrollando y que seguiré desarrollando, abone SAC segundo semestre 2016 conforme la correcta remuneración y abone las diferencias salariales emergentes de los meses de julio, agosto, setiembre, octubre y noviembre de 2016, todo bajo apercibimiento de iniciar los reclamos administrativos y judiciales en procura de su cobro efectivo. Queda Ud. Notificado conforme a derecho”*. La misiva transcripta anteriormente no mereció una respuesta positiva ni cumplimiento alguno. Así, con fecha 30/12/2016, al percibir el SAC del segundo semestre y el salario de diciembre nuevamente sin la diferencia reclamada, la actora remite un segundo TCL a tenor del siguiente texto: *“Atento a los reclamos puntualizados en mi TCL Nº ……………………… recepcionado el día ……………………, lo reitero en todos sus términos y persistiendo en su incumplimiento por otro período más y siendo la liquidación del sueldo anual complementario del segundo semestre insuficiente, lo intimo por última vez por el plazo de 48 hs para que haga efectivo el pago de las diferencias salariales de los meses de julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre y diferencia de SAC segundo semestre, todo bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales administrativas y judiciales para perseguir su cobro. Queda Ud. Notificado”*. Ante la falta de respuesta y de cumplimiento, mi mandante cerró el intercambio telegráfico con su último TCL Nº …………… de fecha 10/01/2017 con el siguiente texto: *“Ante incumplimiento a requisitoria de mis TCL Nº …………………… y Nº …………………… hago efectivo el apercibimiento comunicándole que iniciaré en el día de la fecha los reclamos ante el SECLO y posterior demanda judicial si es necesario, para percibir las diferencias salariales reclamadas. Cierro intercambio telegráfico. Queda Ud. Notificado”.* Tal como se consignó en el apercibimiento, se inició el procedimiento de conciliación previa obligatoria ante el SECLO al que compareció el demandado a través de su representante a ambas audiencias manteniendo su posición negativa respecto de los hechos y del derecho invocado por mi mandante. Alega que las tareas cumplidas por la actora lo son como recepcionista desde el inicio de la relación y hasta la fecha y que desconocen cualquier pacto o acuerdo o derecho a que se pague una remuneración superior. Este hecho ha obligado a mi mandante a iniciar la presente demanda ya que la parte demandada aún no ha hecho efectivo el pago de los salarios sobre los que versa el presente reclamo y que se detalla su importe en el capítulo “Liquidación”. Hago expresa reserva de ampliar la cuantía de lo reclamado ya que la presente demanda versa sobre obligaciones que se devengan en períodos regulares de tiempo y el artículo 70 de la LO faculta al actor para ampliar la cuantía de lo reclamado originalmente en su demanda si antes de la sentencia vencieran nuevos plazos o cuotas pertenecientes a la misma obligación invocada en el escrito inicial. Al efecto, solicito se tenga presente y al momento de dictar sentencia se autorice a incluir en la liquidación las cuotas vencidas de la diferencia salarial alegada en la demanda y hasta hacerse efectivo el pago de las mismas. V. LIQUIDACIÓN Base de cálculo: $ 25.000 – 22.500 = 2.500. Diferencia salarial: $ 2.500 x 6 meses. Diferencia de SAC: se reclama la diferencia de liquidación del SAC del segundo semestre. Se pagó sobre sueldo de 22.500 y se reclama la diferencia sobre sueldo de 25.000. Cálculo: Diferencia julio$ 2.500 Diferencia agosto$ 2.500 Diferencia setiembre$ 2.500 Diferencia octubre$ 2.500 Diferencia noviembre$ 2.500 Diferencia diciembre$ 2.500 Diferencia SAC 2º semestre $ 250 **Subtotal a la fecha de promoción de esta acción$ 250** **Total liquidación$ 250** El importe del reclamo de esta demanda asciende a la suma de pesos dieciséis mis doscientos cincuenta ($ 250), en forma provisoria y hasta se dicte sentencia y se practique nueva liquidación con las cuotas periódicas que puedan vencer hasta el momento de hacerse el efectivo pago, o lo que en más o en menos resulte de la prueba a producirse en estos autos, con más sus intereses hasta su efectivo pago y costas del juicio, la entrega del recibo donde conste la percepción de las diferencias salariales objeto de la presente demanda, con aplicación de multas a favor de la trabajadora en caso de incumplimiento. VI. PRUEBA Sin perjuicio de la facultad que me asiste como parte actora para ofrecer la prueba en la oportunidad del artículo 71 LO, hago reserva de completarla en ese momento y en la presente demanda se ofrece la siguiente prueba que hace al derecho de mi parte: a) CONFESIONAL Y DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTOS: Solicito se cite al demandado en la forma y plazos previstos en la ley 345 art. 86 a absolver posiciones a tenor del pliego que oportunamente se acompañará y/o las que se pongan a viva voz y a reconocer los documentos que se le atribuyen, bajo apercibimiento de ley. Queda hecha expresamente la reserva de preguntar conforme al artículo 415 del CPCCN y de ampliar, modificar, suprimir, desistir o reformular a viva voz las preguntas que se propongan oportunamente en el pliego de posiciones. El pliego se acompañará media hora antes de la audiencia prevista al efecto en sobre cerrado. b) INSTRUMENTAL: Se ofrece la siguiente documentación: b. Telegrama Ley 23.789 TCL ………………… talón ……………………… b.Telegrama Ley 23.789 TCL ………………… talón ……………………… b.Telegrama Ley 23.789 TCL …………… talón ……………………… b.4 Recibos de haberes de los meses …………………… Todo en un total de ……………… fojas (… fs.). b.5. También se ofrece como prueba documental las planillas de permiso de ingreso del personal dependiente donde consta el nombre y apellido y puesto dentro del establecimiento de cada uno y las grabaciones de la cámara de seguridad instalada en la recepción por la empresa …………………………… que se encuentran en su poder y a la que se solicita en el acápite correspondiente se libre oficio al efecto. Se solicita este medio de prueba con el objeto de acreditar mediante el video que mi mandante no solo cumplía tareas de recepcionista sino que también se desempeñaba como secretaria y gestionaba los extremos mencionados en los hechos. c) TESTIMONIAL: Se ofrece la declaración de los siguientes testigos, los que solicito sean citados por el Juzgado mediante cédula o telegrama: c. ………………, de profesión ………… con domicilio en …………… c.………………, de profesión ………… con domicilio en …………… c.………………, de profesión ………… con domicilio en …………… c. ………………, de profesión ………… con domicilio en …………… c.5. ………………, de profesión ………… con domicilio en …………… d) PERICIAL CONTABLE: Se deberá designar perito contador de oficio, para que informe sobre los siguientes puntos: d. Si la parte demandada lleva sus libros laborales rubricados y al día, sin deficiencias de orden contable, enumerando dichos libros o registros, sus respectivas fechas de rubricación y autoridad que la efectuó. d.Si la demandada cumple con los requisitos de la LCT, Convenios Colectivos de Trabajo y Estatutos, con la determinación precisa de los datos allí establecidos en relación a la actora. Con detalle de planillas, registros y otros elementos de evaluación. d.Fecha de ingreso, categoría laboral y tareas cumplidas por la actora. d. Remuneraciones que le abonaron por mes durante el último año de la relación laboral con detalle de remuneración básica, extraordinarias, premios, feriados, francos no gozados, sueldos anuales complementarios, vacaciones (gozadas y no gozadas) y cualquier otro rubro abonado. d.5. Horario de trabajo, con detalle de la documentación compulsada para determinarlo. d.6. Determinará la mejor remuneración mensual que percibió la actora durante el último semestre de relación laboral, y si no coincide con la que le hubiese correspondido percibir en ese período que es de 25.000 mensuales, actualizada, Sobre esa base liquidará las diferencias de los meses de julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre y la diferencia del SAC del segundo semestre de 20 También especificará si hubo nuevos vencimientos de la misma obligación reclamada en esta demanda a la fecha de presentación de la pericia. d.7. Si la parte demandada cumple con la LCT en cuanto a su obligación de ingresar regularmente los fondos de seguridad social, obras sociales, y sindicales, como obligada directa o como agente de retención, y con detalle de los depósitos realizados referentes a la actora. d.8. Días trabajados durante el último año calendario y determinación expresa y detallada, durante el período no prescripto de relación laboral, de las licencias por enfermedad y de los francos recibidos en días laborables. d.9. Si los salarios abonados a la actora lo han sido conforme a las leyes laborales y convenios colectivos aplicables durante el período no prescripto de relación laboral (en caso de existir diferencias en perjuicio de la actora, detalle de las mismas). d. Practicará la liquidación de todos los rubros reclamados en la demanda, contemplando el caso de prosperar la misma. A tal efecto deberá ajustarse estrictamente a las constancias que surjan de los libros de la demandada prescindiendo de otros elementos, ya sea informes verbales o documentación no reconocida por la actora o resolución firme en el expediente. d.1 De existir discrepancias entre las constancias de libros y los hechos narrados en la demanda, practicará una liquidación especial de los rubros reclamados, de acuerdo a las pautas que surgen de la demanda y conforme el punto d.6. d. Si fuera el caso de que la demandada no llevara sus libros o registros o los mismos fueran llevados sin observancias de las normas legales respectivas, el perito practicará liquidación de todos los rubros consignados en la demanda teniendo en cuenta a tal efecto los hechos narrados en la misma y las pautas de liquidación de las indemnizaciones que surgen de este ofrecimiento de prueba. d. Incluirá cualquier otro dato registral referente a la categoría laboras, tareas, calificación profesional y remuneraciones de la actora que puedan resultar de interés. e) INFORMATIVA: Se deberá oficiar a: e. Correo Oficial, para que informe sobre la autenticidad, el envío, la recepción y el texto de los telegramas Nº ………………………, Nª ………………………… y ………………………… citados en esta demanda y ofrecidos como prueba por la parte actora, si los mismos fueran desconocidos por la parte demandada. e.Al Departamento de Publicaciones y Bibliotecas, dependientes de Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para que remita ejemplares del convenio colectivo de trabajo aplicable a la relación laboral detallada en al demanda y detalle de los sueldos mínimos correspondientes según esos convenios para la categoría de la actora en los últimos años o desde su ingreso si éste fuere posterior, si es que V. S. no contara con los mismos en su despacho. e.A AFIP, para que a través de la Dirección General Impositiva informe si la demandada se encuentra correctamente inscripta como empleadora e ingresaron los aportes correspondientes a la demandante. e. A la empresa de Seguridad denominada …………………………, con domicilio en la calle ……………………………… que presta el servicio de seguridad en el establecimiento de la demandada, para que acompañe a estas actuaciones las de grabaciones de los últimos seis meses capturados por la cámara de seguridad instalada por la misma en el sector de recepción del establecimiento. Además, el informe deberá adjuntar la planilla de permiso de ingreso de personal del establecimiento donde consta el nombre y función de cada empleado. f) RESERVA DE PRUEBA PERICIAL CALIGRÁFICA Y ESCOPOMÉTRICA: Para el hipotético caso de que el demandado negara la prueba documental y/o firma que se le atribuye, se solicita se haga lugar a la prueba pericial caligráfica y escopométrica, designándose perito en la firma de estilo, para que previo tomar un cuerpo de escritura suficiente, practique informe sobre la autenticidad de las firmas y documentos atribuidos. g) INTIMACIÓN PARA EXHIBIR LIBROS, REGISTROS HORARIOS Y PLANILLAS: Se pide se intime a la demandada para que dentro del término que se le fije exhiba al Tribunal, al perito que se designe en autos y a la parte actora, acompañándolos a estos obrados, los libros, registros contables y de horarios, planillas y demás documentación necesaria para la pericia contable. La citación deberá hacerse bajo el apercibimiento legal previsto en la LCT en cuanto a la presunción a favor de las firmas del actor, si no se exhibiere la documentación respectiva. VII. FACULTAD DE DILIGENCIAMIENTO Se solicita se tenga por autorizados a ………………… …………… y/o………………………… para efectuar durante toda la tramitación de este expediente las consultas que sean necesarias, la anotación en el libro de notas, notificarse de vistas y traslados, desglosar documentación, copias, diligenciar en extraña jurisdicción cédulas, testimonios, oficios, mandamientos y exhortos y cualquier otro trámite o diligencia. VIII. DERECHO Se funda esta demanda en las disposiciones de las Leyes 744, 345 y demás aplicables al caso concreto, doctrina y jurisprudencia mencionadas en la presente demanda y demás aplicables al caso y aquello que con su elevado criterio supla V. S. en derecho. IX. SE DECLARE INCONSTITUCIONALIDAD. RESERVA DEL CASO FEDERAL La sanción de la ley 23.928 de convertibilidad de austral, que pretende imponer la imposibilidad de indexar los créditos a partir de 1º de abril de 1991, crea un mecanismo, arbitrario e injusto, en perjuicio del derecho de propiedad e igualdad de actor, y su posterior 25.561en su título III artículo 4º mantiene dicha imposibilidad disponiendo la prohibición de indexar por cualquier índice o repotenciar deudas de cualquier tipo. En el choque de intereses entre el patrimonio del acreedor y del empleador deudor, la ley, contrariando garantías constitucionales, se define en beneficio del segundo y en perjuicio del primero. La indexación que se no se reconozca a partir del 1º de abril de 1991, beneficiará a valores reales de la moneda, a la empleadora deudora, si se tienen en cuenta que los juicios laborales tienen una duración promedio de dos o más años y que la inflación según la experiencia histórica y la actual, puede dejar relativizado el crédito a un valor irrisorio. Ya la CSJN en el caso “Valdez c/ Citioni”, (03/051979, en D.T. 1979-356), declaró inconstitucional una norma que por elegir un mecanismo indexatorio inadecuadamente, agraviando los arts. 14, 14 bis y 17 de la Constitución Nacional. En ese fallo, la Corte sostuvo que no puede el proceso inflacionario tornar inequitativa la remuneración y romper con el equilibrio que deben guardar las recíprocas contraprestaciones en el contrato de trabajo. Por todo ello, remitiéndome a los fundamentos del fallo citado, se solicita la declaración de inconstitucionalidad de la ley 23.928 en cuanto ordena no indexar el crédito reclamado en autos y de la Ley 25.561 artículo 4 y se practica la necesaria reserva del caso federal al respecto. X. CASO FEDERAL Se practica la necesaria reserva del caso federal, constituyendo ésta la primera presentación ante el Juzgado. Encontrándose comprometidas en las presentes actuaciones derechos y garantías de rango constitucional como son los referente al trabajo y su protección, el derecho de propiedad, como así también las garantías de peticionar a las autoridades, de defensa en juicio se practica la necesaria reserva del Caso Federal en los términos del art. 14 de la Ley 48, toda vez que de no ser admitida la demanda impetrada, concurriré ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por estar comprometidas cuestiones federales como las que hiciera expresa mención. XI. FORMULA JURAMENTO En cumplimiento de la Acordada de la Cámara del fuero declaro bajo juramento no haber iniciado antes otra acción con las mismas partes y objeto. Asimismo declaro haber dado cumplimiento a la etapa de conciliación previa obligatoria ante el SECLO cuyo acta de cierre de la actuación administrativa sin acuerdo entre las partes se acompaña. XII. CONVENIO DE HONORARIOS En concepto de honorarios profesionales totales por mi labor en estas actuaciones, he celebrado con la actora un pacto de cuota litis del veinte por ciento (20%) de todas las sumas que judicial o extrajudicialmente obtenga la misma, incluidos los intereses, por cualquier concepto y en cualquier instancia procesal, pagadero en el mismo momento de percibir mi cliente tales sumas. Este convenio de honorarios es independiente de los honorarios que se regulen en el juicio y que se encuentren a cargo de la parte contraria. A tal fin, solicito a V. S. que, previa citación y ratificación por parte de la Sra. ……………………… (nombre de la actora) ante los estrados homologue el mismo. XIII. ACOMPAÑA BONO Y CONSTANCIAS Se acompaña el Bono de Derecho Fijo del Colegio Público de abogados de la Capital Federal, la constancia de inscripción y condición fiscal ante la AFIP, solicitando se tenga presente y se agregue. XIV. PETITORIO Por todo lo expuesto, se solicita de V.S.: a) Me tenga por presentado, por parte, por denunciado el domicilio electrónico y por constituido el domicilio legal indicado a mérito del poder que adjunto. b) Corra traslado de demanda y de la documentación a la accionada por el término de ley. c) Tenga presente y agregue a las actuaciones la prueba ofrecida, solicitando se provea oportunamente su producción. d) Tenga presente la reserva de ampliar la cuantía de lo reclamado por tratarse de vencimientos periódicos de una misma obligación. e) Tenga presente la inconstitucionalidad planteada y la reserva del caso federal. f) Previa citación y ratificación de la actora, homologue el pacto de cuota litis mencionado. g) Tenga presentes las demás reservas formuladas. h) Agregue el bono de derecho fijo. i) Tenga presente la autorización de diligenciamiento solicitada. j) Oportunamente haga lugar a la acción entablada, en todas sus partes y con aplicación de costas a la demandada. Proveer de conformidad, SERÁ JUSTICIA