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title: "Locador habitacional intima a pagar alquileres, expensas, impuestos o tasas adeudadas más intereses"
url: https://www.escritosjuridicos.com/318-locador-habitacional-intima-a-pagar-alquileres-expensas-impuestos-o-tasas-adeudadas-mas-intereses/
date: 2019-04-03
modified: 2019-04-25
author: "admin"
categories: ["Código Civil", "código civil y comercial", "contrato de locación", "DNI", "Escritos Jurídicos", "intereses", "juicio", "PAGO"]
tags: ["código", "ESCRITOS JURÍDICOS"]
type: post
lang: es
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# Locador habitacional intima a pagar alquileres, expensas, impuestos o tasas adeudadas más intereses

**LOCADOR HABITACIONAL INTIMA A PAGAR ALQUILERES, EXPENSAS, IMPUESTOS O TASAS ADEUDADAS MÁS INTERESES, APERCIBIENDO DESALOJAR 1-** Me dirijo a usted como locador de la finca (propiedad inmueble) con destino habitacional sita en …, según Contrato de Locación celebrado entre nosotros el día …/…/.. **2- INTÍMOLO** formalmente en los términos del artículo 1222 del Código Civil y Comercial a cancelar, en el término perentorio de DIEZ (10) días y bajo apercibimiento de incoar juicio de desalojo por falta de pago, los alquileres devengados e impagos correspondientes a los meses …(enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre) de .., más intereses por el lapso de demora al … por ciento diario, según cláusula … de nuestro contrato y hasta el día del efectivo pago. **3-** También deberá cancelar las obligaciones que integran los alquileres, siguientes: ABL, AySA, Expensas comunes de la P.H., Impuesto Inmobiliario. **4- **La deuda conjunta calculada hasta la fecha …/…/.., asciende al monto total de $… **5-** Lugar de pago: en el domicilio …, sólo en el horario de 00:00 a 00:00, únicamente días hábiles, de lunes a viernes. QUEDA/N FORMALMENTE NOTIFICADO/S. …(lugar), … de … de .. …(nombre y apellido del remitente, DNI. y firma)

**<<<NOTA:** Dice el CCyC, **Art. **1- **Intimación de pago.** Si el destino es habitacional, previamente a la Demanda de desalojo por falta de pago de alquileres, el locador debe intimar fehacientemente al locatario el pago de la cantidad debida, otorgando para ello un plazo que nunca debe ser inferior a diez días corridos contados a partir de la recepción de la intimación, consignando el lugar de pago.**>>>**
