--- title: "Solicita suspensión de proceso a prueba" url: https://www.escritosjuridicos.com/43-solicita-suspensin-de-proceso-a-prueba/ date: 2024-09-09 modified: 2024-09-09 author: "admin" image: https://www.escritosjuridicos.com/wp-content/uploads/2019/04/probation-1000x600-1.jpg categories: ["código penal", "Constitución nacional", "CONSTITUCIONAL", "CUIT", "delito", "DELITOS", "derecho", "Escritos Jurídicos", "garantías", "garantías constitucionales", "IVA", "juez", "juicio", "LABORAL", "Legislación", "ley", "PRUEBA", "responsabilidad civil", "sentencia", "TRABAJADOR", "Trabajando"] tags: ["acción civil", "código", "Constitución nacional", "ESCRITOS JURÍDICOS", "Jurisprudencia", "Laboral", "responsabilidad civil", "sentencia"] type: post lang: es --- # Solicita suspensión de proceso a prueba Sr. Juez: ………………… titular del D.N.I. …………., por derecho propio, manteniendo el domicilio legal y electrónico oportunamente constituido, junto con mis abogados defensores …………. (T° … F° … Colegio……..) y ………. (Tº … Fº … Colegio……..), en ………………….., en la causa Nº …….., caratulada “………….”, me presento ante V.S. y respetuosamente digo: I.— OBJETO Que vengo por el presente, en mi calidad de imputado en la causa *“ut supra” * mencionada, a solicitar a V. S. tengan a bien considerar concederme la posibilidad de gozar del beneficio contenido en el art. 76 bis del Código  Penal que prevé la **suspensión de juicio a prueba.** II.— VIABILIAD DE LA SUSPENSIÓN DEL JUICIO A PRUEBA De acuerdo con nuestro derecho positivo, la suspensión del proceso a prueba, es un derecho del imputado a solicitar la suspensión del juicio penal que se sigue en su contra, en tanto cumpla con los requisitos exigidos por la ley. Tal y como se verá seguidamente, considero que están presentes en el caso todos los requisitos que hacen admisible mi solicitud. Conforme con nuestra Constitución Nacional debe presumirse la inocencia de toda persona hasta tanto recaiga sentencia de condena definitiva sobre ella. El solicitante de la suspensión del proceso penal a prueba (vigente en la Argentina) es una persona meramente sometida al trámite de un proceso penal, que no puede confundirse con aquel individuo ya sometido a proceso y sobre el cual ha recaído una sentencia firme de condena. Por ello es que la ley, atinadamente, establece que dicha petición no puede ser entendida como reconocimiento de responsabilidad alguna. La procedencia del beneficio *no importa mi confesión del suceso delictuoso ni el reconocimiento de una eventual responsabilidad.* Podemos decir que la suspensión del juicio a prueba es un instituto jurídico-penal que otorga a una persona acusada de cometer un delito cuya pena sea menor de 3 (tres) años o permitida una condenación condicional, *el derecho a que se suspenda el proceso que se sigue en su contra.* La aplicación del instituto de la suspensión del juicio a prueba requiere que se presenten, a mi respecto, los requisitos que hacen a la esencia y procedencia del instituto. A esta altura y previo al análisis de los requisitos, es de vital importancia no perder de vista las finalidades de dicho instituto consistentes en: 1) Disminución del eso de la selectividad irracional propia del sistema penal, a través de la incorporación de mínimas cuotas de racionalidad en la programación del sistema de persecución. La búsqueda de la eficacia por medio de la limitación al poder punitivo (descompresión de la labor de la justicia penal). 2) Protección a la víctima a través de la reparación de los perjuicios que el delito imputado le causó. 3) Lograr o mantener cierta cuita de integración social de los imputados a través de la internalización de pautas positivas de conducta. 4) Evitar un posible antecedente condenatorio (estigmatización). 5) Evitar el posible cumplimiento de penas cortas privativas de la libertad. *** “… la suspensión del juicio a prueba tiene como principal objetivo reintegrar a la sociedad a aquellos imputados que cumplen con determinados requisitos, evitándoles el estigma de la condena o la declaración de culpabilidad”**** *(Cámara Nacional de Casación Penal, Sala II, 30 de agosto de 1994, L.L. 1994 E, p. 486)*.* III.— CONDICIONES PERSONALES DEL SOLICITANTE **En primer lugar** quiero manifestar que soy un hombre humilde y trabajador. Actualmente me encuentro trabajando como …….., ganando lo mínimo e indispensable para mi subsistencia, dado que, como consecuencia de la causa “*ut supra”* mencionada, he perdido mi puesto laboral como conserje del hotel. **En segundo lugar**, *carezco de antecedentes penales,* condición que ha de tenerse en cuenta como indicio de mi personalidad moral, que junto con la buena predisposición que vengo demostrando durante el transcurso del proceso, resultan ser consideraciones que deben influir al momento de decidir sobre el otorgamiento del beneficio. Además, considero que soy una persona merecedora de una oportunidad. IV.— DELITO QUE SE ME IMPUTA La conducta que se me imputa fue calificada al tiempo de dictárseme el procesamiento, y luego el auto de elevación a juicio, como configurativa del delito de “……..”, conminado en el artículo …… del Código Penal. El delito que se me imputa **NO EXCEDE DE NINGUNA MANERA** lo preceptuado en la primera parte del art. 76 bis, en concreto, y mucho menos estaría alcanzado por lo prescripto en el párrafo cuarto del mismo artículo, ya que no merecería recibir una pena que exceda el año de prisión, siendo procedente el beneficio de la “probation”. La suspensión del proceso a prueba opera para los **delitos de menor gravedad penal-criminológica**, que para nuestra legislación son los que en abstracto no prevean una pena privativa de libertad mayor de tres años y los que aún sobre ese límite permitan una condena de ejecución condicional. Esta es la tesis amplia del art. 76 bis del Código Penal, y la correcta teniendo en cuenta las finalidades del instituto y las garantías constitucionales. Así lo entendió la jurisprudencia desde los comienzos al decidir que ***“corresponde hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba si en la especie resulta aplicable el cuarto párrafo del art. 76 bis pues de acuerdo a las circunstancias del hecho y a las condiciones personales del imputado, la pena que eventualmente le podría corresponder sería pasible de dejarse en suspenso”*** (T.O.C n° 26, causa n° 44, 26/mayo/1995, JA. 1995-IV p. 526). V.— REPARACIÓN DEL DAÑO El art. 76 bis, párrafo III, del Código Penal, regula la exigencia impuesta al imputado referida a la reparación del daño causado por el hecho que se le atribuye. Allí se establece: ***“al presentar la solicitud, el imputado deberá ofrecer hacerse cargo de la reparación del daño en la medida de lo posible, sin que ello implique confesión ni reconocimiento de la responsabilidad civil correspondiente. El juez decidirá sobre la razonabilidad del ofrecimiento en resolución fundada. La parte damnificada podrá aceptar o no la reparación ofrecida, y en este último caso, si la realización del juicio se suspendiere, tendrá habilitada la acción civil correspondiente”*.** Por tanto, la obligación del imputado de hacerse cargo de la reparación del daño causado por el ilícito que se le atribuye, establecida como requisito de admisibilidad de la solicitud de suspensión de la persecución penal en su contra, es “en la medida de lo posible”, según lo ha dispuesto el legislado. En tal sentido, veo posible ofrecer como reparación la suma de $ ……. (pesos …………..). Oportunamente, V.S. juzgará la razonabilidad de lo expresado precedentemente en la audiencia que el régimen procesal ha establecido en el art. 293 del Código Procesal Penal de la Nación, donde el Tribunal lo podrá verificar. VI.— TAREAS COMUNITARIAS A su vez, y siguiendo con los requisitos que marca la ley, estoy dispuesto a realizar las tareas que el Juzgado entienda pertinente, a definirse en la audiencia prevista en el art. 293 del Código Procesal Penal de la Nación. VII.— CONFORMIDAD DEL FISCAL De acuerdo con lo dispuesto en el cuarto párrafo del art. 76 bis del C.P., solicito que se corra vista de la petición de suspensión de juicio a prueba al Sr. fiscal con la finalidad de que el mismo manifieste su conformidad con la presente propuesta y la funde de acuerdo a derecho. VIII.— PETITORIO Por todo lo expuesto a V.S. solicito: 1) Se tenga por deducido el pedido de la suspensión del juicio a prueba en legal tiempo y forma. 2) Se fije audiencia a tales efectos, de conformidad con el art. 293 del Código Procesal Penal de la Nación. 3) Se tenga por indicado el derecho que me asiste para solicitar el beneficio. Proveer de conformidad SERÁ JUSTICIA …………………….………………..…… (FIRMA Y SELLO)(FIRMA DEL IMPUTADO)