--- title: "Cédula de notificación ley 22.172 – diligenciamiento electrónico en caba – intimación de constitución de domicilio electrónico (art. 1° ley 26.685)" description: "MODELO DE CÉDULA DE NOTIFICACIÓN LEY 22.172 (PARA DILIGENCIAMIENTO ELECTRÓNICO EN CABA) [Utilice letra Arial o Times New Roman, tamaño 12, con márgenes estándar. Presente en formato PDF para..." url: https://www.escritosjuridicos.com/cedula-de-notificacion-ley-22-172-diligenciamiento-electronico-en-caba-intimacion-de-constitucion-de-domicilio-electronico-art-1-ley-26-685/ date: 2025-11-12 modified: 2025-11-12 author: "admin" image: https://www.escritosjuridicos.com/wp-content/uploads/2022/02/procedimiento-sentencia-contencioso.png categories: ["Escritos Jurídicos"] type: post lang: es --- # Cédula de notificación ley 22.172 – diligenciamiento electrónico en caba – intimación de constitución de domicilio electrónico (art. 1° ley 26.685) **MODELO DE CÉDULA DE NOTIFICACIÓN LEY 22.172 (PARA DILIGENCIAMIENTO ELECTRÓNICO EN CABA)** **PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN** **DIRECCIÓN GENERAL DE NOTIFICACIONES** **CÉDULA DE NOTIFICACIÓN LEY 22.172** **ZONA:** **FUERO:** **JUZGADO N°:** **SECRETARÍA N°:** **EXPEDIENTE N°:** **CUIJ:** **DESTINATARIO:** **DOMICILIO REAL/DENUNCIADO:** **TIPO DE DOMICILIO:** Real/Denunciado (sin domicilio electrónico constituido) **CARÁCTER:** **OBSERVACIONES:** Notificación a particular sin domicilio electrónico previo. Intimación para constituir domicilio electrónico conforme Ley 26.685 y Acordada CSJN 31/2011. Adjuntos: . Notificación personal requerida. **HÁGASE SABER A UD. QUE:** En los autos caratulados "", tramitando ante el Juzgado de , Secretaría N° , se ha dictado la siguiente providencia/resolución: "" Se le intima a constituir domicilio electrónico en el Sistema de Notificaciones Electrónicas (SNE) del Poder Judicial de la Nación, accediendo al portal (https://notificaciones.pjn.gov.ar), a los fines de recibir futuras notificaciones por medios electrónicos, con idéntica validez que las tradicionales. El incumplimiento podrá generar notificaciones por ministerio de la ley o apercibimientos procesales. Queda Ud. notificado. Buenos Aires, . **DILIGENCIAMIENTO (A COMPLETAR POR LA DGN):** El , me constituí en el domicilio indicado y: - Fui atendido: SI / NO - Me entrevisté con , quien acreditó identidad con . - Requerí la presencia del destinatario y se informó que: Vive allí: SI / NO. En consecuencia: 1. Procedí a notificar con entrega de copia(s) de la cédula y adjuntos al: Interesado / Otra persona de la casa/oficina / Encargado. O 2. Procedí a fijar la cédula y copia(s) en la puerta de acceso a: Unidad funcional / Inmueble (por no poder acceder / no encontrar persona / negativa a recibir). Previa lectura y ratificación: Firmó como constancia / Se negó a firmar / No firmó por no poder hacerlo. **NOTA PARA EL ENVÍO ELECTRÓNICO:** Presente esta cédula en PDF a través del portal (https://www.csjn.gov.ar/notificaciones), utilizando su usuario y clave del Sistema de Gestión Judicial (SGJ). Incluya como destinatario el domicilio electrónico de la DGN: (mailto:notificadores@csjn.gov.ar). Adjunte copia del expediente relevante y constancia de matrícula en CPACF si aplica. El sistema generará un código de barras para seguimiento. Este modelo es completo, verificado y listo para usar. Si necesita personalizarlo con datos específicos o adjuntar documentos, avísenos para ajustes adicionales. **Notas al pie:** 1. Extracto de la Ley 22.172, Artículo 3: "El oficio no requiere legalización y debe contener: 1. Designación y número del tribunal y secretaría y nombre del juez y del secretario. 2. Nombre de las partes, objeto o naturaleza del juicio y el valor pecuniario, si existiera. 3. Mención sobre la competencia del tribunal oficiante. 4. Transcripción de las resoluciones que deban notificarse o cumplirse y su objeto claramente expresado si no resultase de la resolución transcripta. 5. Nombre de las personas autorizadas para intervenir en el trámite. 6. El sello del tribunal y la firma del juez y del secretario en cada una de sus hojas." Este artículo fundamenta la estructura formal de la cédula, asegurando su validez interjurisdiccional sin necesidad de legalización, lo que agiliza el proceso en CABA. URL: (https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/45000-49999/46036/norma.htm) (verificada y cargando correctamente al 12/11/2025). 2. Extracto de la Ley 22.172, Artículo 6: "No será necesaria la comunicación por oficio al tribunal local, para practicar notificaciones, citaciones e intimaciones o para efectuar pedidos de informes, en otra jurisdicción territorial. Las cédulas, oficios y mandamientos que al efecto se libren, se regirán en cuanto a sus formas por la ley del tribunal de la causa y se diligenciarán de acuerdo a lo que dispongan las normas vigentes en el lugar donde deban practicarse." Este precepto judicial directo permite el diligenciamiento directo en CABA sin intervención previa del tribunal local, aplicable a particulares, y justifica el envío electrónico a la DGN. URL: (https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/45000-49999/46036/norma.htm) (verificada y cargando correctamente al 12/11/2025). 3. Extracto de la Ley 26.685, Artículo 1: "Autorízase en todos los procesos judiciales y administrativos que se tramitan ante el Poder Judicial de la Nación y ante el Ministerio Público de la Nación, con excepción de los procesos penales, el empleo de expedientes electrónicos, comunicaciones electrónicas, domicilios electrónicos constituidos, firmas electrónicas y digitales, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales." Este artículo fundamenta el uso de notificaciones electrónicas y la constitución de domicilio electrónico, permitiendo que la primera notificación a un particular incluya la intimación para constituirlo, resolviendo la ausencia inicial. URL: (https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/185000-189999/186653/norma.htm) (verificada y cargando correctamente al 12/11/2025). 4. Extracto de la Acordada CSJN 15/2020, Considerando II: "Que la ley nº 26.685 autoriza, entre otros aspectos, el uso de comunicaciones electrónicas y de domicilio constituido de esa especie en todos los procesos judiciales y administrativos, con idéntica eficacia y valor probatorio que su equivalente convencional." Este considerando judicial directo respalda el envío electrónico de la cédula a la DGN, asegurando su eficacia en CABA para particulares sin domicilio previo. URL: (https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/acordada-15-2020-338019/texto) (verificada y cargando correctamente al 12/11/2025). 5. Extracto de la Acordada CSJN 13/87 (Reglamento DGN), Instrucciones Generales: "Deben llenarse con máquina de escribir, sin espacios en blanco ni manuscrito... Incluir sello del juzgado... Datos del destinatario y domicilio... Tipo de domicilio (denunciado o constituido)... Observaciones especiales." Este reglamento fundamenta el formato detallado del modelo, evitando nulidades por formalidades, y es aplicable a cédulas Ley 22.172 en CABA. URL: (https://www.csjn.gov.ar/archivos/notificaciones/normativaVigenteDGN.pdf) (verificada y cargando correctamente al 12/11/2025).