--- title: "Contesta demanda por escrituración. opone excepción de prescripción" description: "Señor Juez: ........................... por mi propio derecho, con domicilio real en la calle.. .................. ..............., con el patrocinio letrado del Dr. .................. .........,..." url: https://www.escritosjuridicos.com/contesta-demanda-por-escrituracion-opone-excepcion-de-prescripcion/ date: 2025-04-14 modified: 2025-04-14 author: "admin" image: https://www.escritosjuridicos.com/wp-content/uploads/2022/02/escritura-j.jpg categories: ["Escritos Jurídicos"] tags: ["recientes"] type: post lang: es --- # Contesta demanda por escrituración. opone excepción de prescripción Señor Juez: ……………………… por mi propio derecho, con domicilio real en la calle.. ……………… ……………, con el patrocinio letrado del Dr. ……………… ………, T° ……, F° ……….., Colegio……….. (Monotributista, CUIT No …………………………. Tel.: ……………………….. mail: ……………………… ), constituyendo el domicilio legal conjuntamente en la calle ………………………………………… Y con domicilio electrónico …………………………….. en los autos caratulados ‘ …………….. cl ……………. sl Escrituración» (Expte. ….) V.S. respetuosamente me presento y digo: I. OBJETO: Que vengo en tiempo y forma a contestar la demanda instada por …. con domicilio en la calle ……, solicitando desde ya se rechace en todas sus partes por las consideraciones de hecho y de derecho que a continuación expondré con más las costas del juicio. II. OPONE EXCEPCIÓN: PRESCRIPCIÓN: El reclamo aquí presente se encuentra prescripto, atento a que han pasado más de siete años desde la firma del supuesto boleto de compraventa que dice la parte. En el supuesto boleto de compraventa la fecha de escrituración estaba pactada para el día …… de …………. de ……… ……., o sea que han pasado más de siete años de ese día sin que la actora exigiera el cumplimiento del contrato. El art. 2560 del CCyCN establece el plazo de prescripción de cinco años, el cual es aplicable al presente caso. No hubo ninguna causal de suspensión ni interrupción. La carta documento que supuestamente enviaron los actores, fue hecha casi siete años después de la suscripción del boleto de compraventa. No existen causales de interrupción, ya que los actores no han tomado posesión del inmueble en cuestión, y no se ha hecho la tradición. La Jurisprudencia ha dicho: «La acción de escrituración del inmueble adquirido mediante boleto de compraventa se encuentra prescripta, en tanto ha sido interpuesta con posterioridad al vencimiento del plazo de prescripción y no se advierte que se haya interrumpido por la posesión del comprador, pues no lo configura a esto último, el hecho de que haya concurrido asiduamente a limpiar el inmueble, si en el mismo continuó habitando el vendedor hasta su fallecimiento y no se acreditó que esto último haya sido en carácter de tenedor o comodatario. (CApel. Civ. y Com. Dolores, 27/09/2017, ‘Idiaquez, Luis María c/Sucesión de Gorosito, Roberto Alfredo s/escrituración: LLBA 20 1 7- 1258)’; Los demandados no exigieron en todo este tiempo el cumplimiento de la obligación. La Jurisprudencia ha dicho: «Teniendo en cuenta que, desde que se pago el saldo del precio hasta que se recepcionó la carta documento por la cual los cesionarios del boleto intimaban al ceden te el cumplimrento de las obligaciones emergentes en la cesión, transcurrieron más de diez años, cabe acoger la excepción de prescripción opuesta, respecto de las obligaciones asumidas por el cedente. (CApel., Civ. y Com., La Plata, Sala 111,27/03/1990, lSalomón, Guillermo C/ Garcia Ramón, S/ Cumplimiento de contrato – escrituración: Lexis BA 63504 75)’; III. NEGATIVA DE LOS HECHOS: Por imperativo procesal niego todos y cada uno de los hechos insertos en la demanda. En especial niego: 1 – Que haya suscripto un boleto de compraventa con la actora. 2- Que la actora haya cumplido con la obligación de pago. 3- Que se haya establecido la entrega del inmueble. 4- Que me haya llamado para escriturar. 5- Que me haya enviado una carta documento. 6- Que deba suscribir escritura alguna a su favor. REALIDAD DE LOS HECHOS La actora en su reclamo pretende obtener de la suscripta una indemnización por daños y perjuicios basada en un documento de dudosa procedencia. Nunca he celebrado ningún contrato con la actora. No sé por qué debería cumplir con la obligación que me demanda. La firma acompañada en el boleto de compraventa que se me pretende atribuir no es mía. La actora no demuestra que la suscripta celebró el contrato, sino que se limita a hacer una exposición de los daños que supuestamente le causa un incumplimiento contractual. IV. PRUEBA: a) Confesional: Se cite a los demandados a absolver posiciones a tenor del pliego que oportunamente se adjuntará y bajo el apercibimiento de ley. b) Testimon~al: Se cite a prestar declaración testimonial a tenor de los interrogatorios que oportunamente se acompañarán a las siguientes personas, y en su caso conforme Ley 22.1 72, quienes declararán sobre la compraventa objeto del presente, las tratativas realizadas a fin de obtener la escrituración y los daños y perjuicios ocasionados a raíz del incumplimiento de los accionados: ……… Solicito de cite a: 1) ……….. DNI ……….. ……., de profesión ………………. con domicilio en la calle ……………. de la localidad de …………….. 2) ……….. DNI ………………. de profesión ………………. con domicilio en la calle ……………. de la localidad de …………….. . , 3) …….. .., DNI ………………. de profesion ………………. con domicilio en la calle ……………. de la localidad de …………….. V. FACULTADES DE DILIGENCIAMIEMTO: Autorizo a compulsar el expediente a los Dres …. y …, como así también se la autoriza a presentar escritos, cédulas, diligenciar mandamientos, oficios, dejar nota en el expediente y toda actividad que fuese menester para la compulsa de las presentes actuaciones. VI. PETITORIO: Por todo lo expuesto, a V.S. solicito: 1) Se me tenga por presentado, por parte, por denunciado el domicilio legal, constituido el procesal y denunciado el electrónico. 2) Se agregue la documentación acompañada y se reserve la documentación original en Secretaría. 3) Se tenga por ofrecida la prueba. 4) Oportunamente se rechace la demanda con costas. Proveer de conformidad, que SERÁ JUSTICIA.