Demanda por daños y perjuicios accidente de tránsito con lesiones

  

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INICIA DEMANDA POR DAÑOS Y PERJUICIOS.
Señor Juez:
________________, DNI ________, con domicilio en la calle ________, localidad de ____________, Pcia. De ________, por derecho propio y _____________, DNI ________, con domicilio en la calle __________, de la localidad de ____________, Pcia. De ______________, ambos con el patrocinio letrado del Dr. _____________, T°___, F°___, Colegio____________., CUIT____________, mail_____@______, todos constituyendo domicilio en la calle _____________, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, zona de notificación ___, y domicilio electrónico ___________, a V.S. nos presentamos y decimos:
I.- OBJETO:
Que venimos a iniciar formal demanda por Daños y Perjuicios contra el Sr. _______________, con domicilio real en la calle ___________, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y/o contra quienes eventualmente resulten ser propietarios y/o poseedores y/o tenedores y/o usufructuarios y/o usuarios y/o civilmente responsable por los daños y perjuicios causados por del Vehículo _____________, Dominio __________, en el accidente de tránsito ocurrido el día __ de _________ de ____, aproximadamente a las __ horas, en la calle __________ entre ____ y ______, de _______________.
II.- CITACIÓN EN GARANTÍA:
Como se probará en el estadio procesal oportuno, al momento del hecho el vehículo causante del siniestro de autos, se encontraba asegurado en la Compañía __________________, con domicilio legal en ___________, de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo póliza nro. _______, a quien citamos en garantía en estos autos, en los términos y con los alcances del art. 1181) de la Ley 17.418, a cuyo fin deberá corrérsele traslado de demanda conjuntamente con el accionado y por el mismo término legal y bajo el mismo apercibimiento.
Solicitamos desde ya que la sentencia a recaer en autos condene a la aseguradora mencionada en forma solidaria con el demandado a abonarnos las sumas reclamadas en esta demanda y/o las que resulten de la prueba a rendirse en autos y/o la que determine el criterio de V.S. en aquellos rubros sujetos a estimación judicial, debidamente actualizados desde el momento del hecho y hasta su efectivo e integro pago con más intereses y las costas del proceso.
III.- MEDIACIÓN PREVIA:
En cumplimiento de lo previsto por el art. 2 de la Ley 26.5892), se celebró la audiencia de mediación previa con resultado negativo acompañándose el acta pertinente a sus efectos.
IV.- HECHOS:
El pasado __ de _________ de _____, siendo aproximadamente las __ horas, circulábamos en forma reglamentaria y a velocidad reducida, por la Avenida _______, entre las calles ______ y ___________ de la localidad de _________, Pcia. de _____________, en la moto marca ______________, Dominio ______, yo como conductor y ____________como acompañante.
Cuando al llegar a la intersección de la calle ______________ al intentar cruzar la arteria, observo el vehículo del demandado ____________, que circulaba por la misma avenida _____________en dirección contraria, en forma repentina, imprevista y violenta se cruza a la mano contraria, es decir por el mismo carril por la que esta parte circulaba, en contramano y a alta velocidad; intento realizar una maniobra para esquivarlo, pero ante la tempestiva y descontrolada acción del demandado, se produce la colisión.
Esto provoca que ___________ quien resultaba ser mi acompañante en el rodado mencionado, golpea contra el parabrisas su cabeza y pasa por encima del vehículo del Sr. ___________, para terminar, cayéndose sobre el pavimento, y yo que en ese momento conducía la moto, salga despedido hacia el costado derecho.
Inmediatamente de ocurrido el suceso, se hacen presente en el lugar, un móvil policial de la Comisaría _________, ____º de la localidad _____________, Pcia. de __________ y una ambulancia, trasladándonos al Hospital ___________, donde se nos practicaron las primeras curaciones, quedando la actora _________ internada en sala con venoclisis por el lapso de 12 horas, para luego darle el alta y ser trasladada a su domicilio particular.
Como consecuencia del siniestro, la actora ___________ padeció politraumatismo con traumatismo de cráneo con pérdida de conocimiento, con amnesia de lo ocurrido y de los hechos sucedidos minutos antes del accidente; recobrando la conciencia luego de haber sido atendida en la sala de emergencias.
De regreso a su domicilio comenzó con episodios de vómitos, cefaleas, mareos, por lo que el día __ de ________ de ____, fue a Clínica _______ centro asistencial cuya cobertura médica es brindada por su obra social ___________.- Donde se le repitieron radiografías, como así también fue evaluada por clínico, traumatólogo y neurólogo, que le da orden para tomografía axial computada de cráneo.
Posteriormente el día __de _______ de ____, regresó la ambulancia, ya que fue llamada por presentar fuertes cefaleas, mareos, vómitos y mal estar general, por lo que se le aplica _________ intramuscular, indicándole el uso de collar cervical y antiinflamatorios.
Actualmente continúa presentando cefaleas, mareos, aun mientras duerme, acúfenos (zumbidos) en oído derecho y sensación de oído tapado en forma permanente, lumbalgia, cervicalgia, dolor en piernas.
Se realizó diferentes estudios médicos entre ellos: Radiografías de: Cráneo, Columna cervical, Pelvis, Columna lumbosacra, tomografía axial computada de cráneo con fecha __/__/____, RMN de encéfalo con fecha __/__/____ sin y con contraste.
Como resultado del accidente, la actora ________ presenta Síndrome post- conmocional (por el traumatismo de cráneo), esguince de columna cervical, dolor lumbar con limitación funcional, Sacroileitis postraumática.
En cuanto a mi persona, fui llevado al Hospital _______, donde se me practicaron radiografías, distintas curaciones de lesiones cutáneas, aplicándome hielo y recomendándome reposo.- A raíz del siniestro presento induración cicatrizal en cuero cabelludo a nivel interparietal, mula cicatrizal en cadera derecha, maculas cicatrízales en rodilla y pierna derecha, dolor en cara anterior de rodilla derecha, columna cervical con cuadro de contractura muscular y limitación funcional, hombro izquierdo, doloroso y con limitación funcional, cadera derecha, con induración y tumefacción en región trocantérica, dolorosa en la movilidad, rodilla derecha, con tumefacción y limitación en la flexión.
Es decir, presento secuelas de un politraumatismo con: esguince de columna cervical, periartritis postraumática de hombro izquierdo, Bursitis en cadera derecha, rodilla derecha con sinovitis postraumática.
VI.- RESPONSABILIDADES:
Se imputa entonces, la exclusiva y excluyente responsabilidad en el acaecimiento del hecho a la parte demandada por las siguientes razones de hecho y de derecho: a) ser el conductor del vehículo mecánicamente embistente; b) haber perdido el dominio de la cosa peligrosa que conducía y embestir a mi ciclomotor, c) no haber respetado las reglas del arte de conducir vehículos automotores; d) haber incurrido en negligencia, imprudencia, impericia en el arte de conducir.
Asimismo, se hace extensiva la acción a quien resulte ser propietario del vehículo causante del daño a la fecha de producción del evento dañoso motivo de esta litis, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 17573) del Cód. Civ. y Com. Nac.
Por otra parte, se demanda al codemandado genérico, en salvaguarda de nuestros derechos.
En este sentido, “Cuando está en juego la vida de un hombre, la menor imprudencia, el descuido o la negligencia más leve, adquieren una dimensión especial que les confiere una singular gravedad” (CNCiv. Sala E, 29-4 y 2-586; LL 1986-E, 311).
“El automovilista como guardián de una cosa peligrosa, debió conducir manteniendo en todo el momento el dominio de su vehículo, y extremar las precauciones, especialmente en lo que atañe a la velocidad, para estar en condiciones de efectuar todas las maniobras que fuesen necesarias para evitar accidentes” (CNCiv., Sala F, 12/8/77; LL 1978-A-215).
“La victima ajena al hecho no tiene que investigar la mecánica del accidente, pudiendo dirigir su acción indistintamente contra cualquiera de los conductores o contra todos ellos, a fin de obtener la indemnización correspondiente, desde que los intervinientes en el suceso son solidariamente responsables a temor de lo dispuesto por el Art. 1109 del Código Civil. (Cam. 3º Apel. Civ. y Com. Minas, de Paz y Trib., 16-11 97, causa 20.127/23.020, Ogas Jorge E. c/ Suc. de José A. Forte, en 19.263 Huarpe Coop. Seg. Ltada. p/ Liq. P./Daños y Perjuicios) y en su carácter de propietaria y titular del vehículo productor de los daños, por lo cual debe responder.
De acuerdo entonces, con el enfoque expuesto precedentemente, a quien pretende ser resarcido, le basta probar el contacto de sus bienes dañados con la cosa riesgosa productora del daño, e incumbe al demandado la carga de la prueba de la eximente, en el caso, la culpa de la víctima.
Reitero que, en los presentes oblados, circulábamos en forma reglamentaria, es decir por nuestra mano y a la velocidad permitida, y que el conductor del vehículo embistente actuó con imprudencia, impericia y/o negligencia al circular de contramano por la Avda. ____________, a una excesiva velocidad, fuera de toda apreciación lógica.
Por todo lo expuesto anteriormente, surge que, en el caso de estas actuaciones,
corresponde condenar al demandado a resarcir el daño causado a esta parte, todo ello de acuerdo con lo normado por los arts. 17574), 17585) y 17696) del Cód. Civ. y Com. Nac., haciéndose  

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