--- title: "Modelo de escrito" url: https://www.escritosjuridicos.com/modelo-de-escrito-261/ date: 2019-04-22 modified: 2019-04-25 author: "admin" categories: ["Escritos Jurídicos", "Legislacion Nacional", "Legislacion Premium"] tags: ["ESCRITOS JURÍDICOS", "ESCRITOS JURÍDICOS2"] type: post lang: es --- # Modelo de escrito ** ** **Pericia médica por mala praxis.**   PRESENTA PERICIA.   Pericia sobre…. (datos personales y D.I.), quien nacióel….  (… años).   1- Comienza con un dolor lumbar a mediados de…. , siendoatendido desde entonces por los médicos de…. , en el Sanatorio….   2- En fecha…. , se le hace un electromiograma (EMG) dondese informa «signos de lesión neurógena crónica L4-L5 derecha, sin actividad dedenervación actual y buena reinervación». Luego de una Tomografía Computadarealizada el…. , se le diagnostica: hernia de disco medial posterior ylateral derecha en el 4º espacio lumbar.   3- Es operado el…. , en el Sanatorio…. , por el Dr….., donde por no haber realizado una buena historia clínica preoperatoria, no sedetecta una estrechez uretral y no se le coloca sonda vesical para laoperación. Como consecuencia de ello el actor sufre una severa infección yluego una obstrucción urinaria. El…. , se le efectúa una talla vesical y esderivado (sin haber sido dado de alta de la internación) a la Clínica…. ,donde permanece hasta el…. , en que tiene dicha alta.   4- En ningún momento se le indicó ni realizó, durante suinternación y con posterioridad a ella, tratamiento de rehabilitación.   5- A pesar de la operación a que fue sometido, y luego deella, el actor sufre una intensificación de sus dolores lumbares irradiados apiernas, trastornos de la sensibilidad, alteraciones en los reflejososteotendinosos, presenta dificultad en la marcha, contractura muscularparavertebral lumbar bilateral, signo de Lasegue positivo bilateral.   6- A raíz de ello, el…. , se le efectúa un nuevoelectromiograma donde se informa: «En el reposo se encontró lluvia depotenciales de fibrilación de denervación en los músculos tibial anterior,recto anterior, extensor común de los dedos, geroneos laterales, gemelos yaductor del Hallus derecho». Todos signos de lesión que se encontraban ausentesen el realizado el…. , indicando que la patología se agravó. La actividadbioeléctrica que durante la contracción muscular voluntaria se encontrabamoderadamente disminuida, en el nuevo EMG «es de Interferencia mixta… en losmúsculos denervados». En las conclusiones del primer estudio se puede leer«signos de lesión neurógena crónica L4-L5 derecha, sin actividad de denervaciónactual y buena reinervación», en tanto que en el segundo vemos «signos delesión motora radicular a nivel de las raíces raquídeas L4-L5-S1-S2, sin signosde reinervación».   7- Como se puede apreciar, el cuadro sufrido por el actorempeora y se agrava durante la operación y con posterioridad a ella.   8- Como consecuencia de errores cometidos durante el actoquirúrgico, ya sea por haber lesionado las raíces nerviosas mientras se loefectuaba, o por su insuficiencia en la descompresión de las raíces nerviosascomprimidas, se produce la agravación del paciente Sr….. , el cual veaumentada su incapacidad previa a dicho acto.   9- Esta demanda se realiza no sólo por las secuelas de lamala praxis a nivel columnario, sino también por las resultantes en la vejiga yabdomen del demandante, debido a la talla que se le debió realizar, por elinsuficiente interrogatorio al redactar la Historia Clínica en su puntoAntecedentes patológicos, ya que de ser correctamente interrogado, el pacientehubiera informado las múltiples veces que debió ser sometido a dilataciónuretral, y le habrían colocado una sonda preoperatoria. Como consecuencia de latalla se observa una desagradable cicatriz abdominal, y los tejidos vesicales,que en su cicatrización posterior no han vuelto a su estado original, pues noexiste «restitutio ad integrum» luego de dicha operación, quedando debilitadosy con mayores posibilidades de nuevas lesiones e infecciones.   10- El actor presenta una incapacidad global, por ambaslesiones, del 50 %, debiendo los señores peritos médicos designados, informarcuánto de este porcentaje se debe a factores propios del actor y cuántos a lamala praxis efectuada.   11- El concepto de incapacidad social, nunca ha sidoincorporado a las valoraciones jurídicas del daño causado a la persona por uninfortunio. Es un criterio nuevo y revolucionario -propuesto al Derecho- elanálisis del perjuicio social que un accidente o una enfermedad provocan alindividuo, víctima de un daño objetivo, susceptible de ser valoradoeconómicamente.   12- Teniéndose presente que -en promedio- un tercio deltiempo diario de una persona corresponde a la actividad laborativa profesional;un tercio al esparcimiento y un tercio al descanso o reposo incluyendo el sueñofisiológico, debe aceptarse que la indemnización por un infortunio laboral,solamente contabiliza la incapacidad laborativa provocada en función a laposibilidad de continuar ganando el salario por parte del individuo, másciertos créditos consistentes en restituirle a la víctima -o susderechohabientes- los importes de asistencia médica, medicamentosadministrados, prótesis y gastos de inhumación si los hubiere. La incapacidadlaborativa, comprende entonces la reparación del lucro cesante más el dañoemergente (gastos que sobrevienen).   13- Lucro Cesante (del latín «lucrum cessans») es lo que sedeja de ganar, o sea la privación de ganancia que habría procurado al acreedorsu continuidad razonable en el trabajo, de no haberse producido el infortunio oel incumplimiento convencional. «En el concepto de daños y perjuicios, lucrocesante es la parte que se ha dejado de ganar o de percibir por culpa del quienlos ocasionó» (G. Fernández de León).   14- El daño emergente («damnum emergens») es la pérdidapecuniaria causada al acreedor por el incumplimiento de la obligación deldeudor (H. Capitant). Daño emergente o gasto emergente, son sinónimos que seoponen al concepto de lucro cesante. Ambos se diferencian en que el primero serefiere a una pérdida y el segundo a la privación de una ganancia….   15- El daño moral es en el derecho privado, el que incidesobre la consideración, el honor o los afectos de una persona (H. Capitant) ysólo es contemplado en la reparación del perjuicio que establece el derechocomún. Es daño moral… el sufrimiento psíquico o psicológico padecido por lavíctima de un infortunio o el sufrido en razón de un deterioro o lesión o biendel menoscabo o detrimento de la salud, provocados por una ofensa o agresión,etc…..  Es también daño moral lo quese comprende genéricamente como incapacidad vital, que definimos como la pérdidade ciertas aptitudes humanas que no se relacionan con la actividad laboral oprofesión habitual del individuo. Entendemos comprendida en la incapacidadvital: la incapacidad estética, la incapacidad procreativa, la incapacidadrecreativa y la incapacidad laborativa independiente.   16- Esta última, puede tener componentes del lucro cesanteen trabajos por cuenta propia o de daño moral en tareas sin remuneración detipo hogareño.   17- Analizamos a continuación el criterio de cada uno de loscomponentes de la incapacidad vital:   a) Incapacidad Estética: Es todo daño en el cuerpo queprovoca rechazo, repugnancia o simplemente llama la atención a cualquierobservador. La localización más frecuente se halla en el rostro, que es laparte de la cabeza comprendida entre la línea natural del nacimiento del pelo yel borde inferior del maxilar inferior, incluyendo las orejas. Sin embargo,constituye incapacidad estética, cualquier otro menoscabo de la armoníamorfológica, anatómica o funcional del cuerpo humano (por ejemplo una cojera);   b) Incapacidad Recreativa: I) Es la pérdida de la capacidadde recreación y de las actividades propias del esparcimiento humano. Comprendelas gratificaciones naturales del hombre. II) Puede denominarse capacidad derecreación al conjunto de actividades que realizadas por el individuo,contribuyen al bienestar y a la preservación de la salud psicofísica. Eseaporte a la salud, se basa en la obtención de gratificaciones generadas por elpropio individuo, antes, durante y después del desarrollo de las actividadeslaborativas: jugar, comer, trepar, bailar, participar en eventos deportivos,jugar con los niños (alzarlos), luchar, competir, etc. o bien realizar trabajoso tareas de naturaleza hogareña (reparar artefactos, movilizar muebles,preparar alimentos, etc.);   c) Incapacidad laborativa Independiente: Es la capacidad derealizar trabajos por cuenta propia y en beneficio personal o familiar(trabajos domiciliarios, «changas», etc.). Este tipo de incapacidad, tambiéndebe ser contemplada en las leyes que regulan la indemnización por infortunios.   18- Clasificación de las incapacidades sociales: Desde elpunto de vista jurídico, las incapacidades vitales, resultan ser en conjunto,una sumatoria de componentes que incluyen el daño moral y el lucro cesante, conindependencia ideal del daño emergente. Todo lo expuesto lleva racionalmente alconcepto amplio de incapacidad social que comprende: a) la incapacidadlaborativa dependiente; b) la incapacidad vital. La enumeración siguiente,facilitará la comprensión temática.   19- Incapacidad Social: Daño moral + lucro cesante + dañoemergente: I- Incapacidad Laborativa Dependiente: Lucro cesante + dañoemergente a) Incapacidad Profesional Habitual; b) Incapacidad a otros tipos detrabajos. II- Incapacidad Vital: Daño moral + lucro cesante + daño emergente.a) Incapacidad estética; b) Incapacidad procreativa; c) Incapacidad recreativa;d) Incapacidad laborativa independiente.   20- La Incapacidad Laborativa Dependiente, reconoce: a)incapacidad para la profesión habitual, que incluye el trabajo corriente parael cual el individuo está especializado, llamada también «mermacomplementaria»; b) incapacidad laborativa para otros trabajos -que no son dela profesión habitual- a la que llamamos «merma suplementaria». Este tipo deincapacidades, generan lucro cesante y eventualmente un daño emergente,constituyendo por su esencia un daño material.   21- Formas de indemnización propuesta para la incapacidadsocial:   a) De acuerdo a la concepción atribuida a la incapacidadsocial, se estima que en el caso de un trabajador víctima de un infortunio o encualquier demanda civil por daños y perjuicios, que implique daño a la persona,se deberá contemplar para la indemnización la actividad del individuo, en unritmo circadiano conocido y en el contexto de una consideración temporal del«ser-en-el-mundo» («Dassein»);   b) Descontando el tiempo de reposo, que no se indemniza,estimado un tercio dentro del ritmo circadiano, que el tiempo de la actividadlaborativa (1/3) para la incapacidad laborativa dependiente, que no es otra quela que concede la ley y tarifada, también conocida como «ley especial».   c) Según una apreciación racional, se debe agregar unporcentual igual al de la incapacidad laborativa dependiente para concederle ala víctima de un infortunio la indemnización por incapacidad vital. Salvoprueba en contrario que dimane en un número mayor de horas de trabajo diario.Con esto se quiere significar que la incapacidad laborativa dependiente es delcien por cien (100 %), la incapacidad vital, será también del cien por cien, osea doscientos por cien (200 %) cosa que no se puede discutir debido a que estaúltima se conforma con dos valoraciones diferentes;   d) En términos prácticos la fórmula de la Incapacidad Social(IS) sería de acuerdo a este proyecto la suma de la Incapacidad LaborativaDependiente (I.L.D.) más la Incapacidad Vital (I.V.): I.S.= I.L.D. + I.V.   e) En virtud de lo propuesto, un trabajador podría percibir-como acto de estricta justicia- una indemnización por incapacidad vital de hastael cien por cien (100 %) de lo que le corresponde por su incapacidad laborativadependiente (I.L.) conformando en conjunto la incapacidad social (Basile,Alejandro y Fernández Amallo, Alberto; La incapacidad social en la valoracióndel daño a la persona -Conforme a la legislación de la República Argentina enprospectiva médico legal-; Medicina Forense Argentina -Boletín de la Asociaciónde Médicos Forenses de la Rep. Argentina- año 10, boletín 27, agosto de 1990).   22- Puntos de Pericia:   A- Pericia Médica: Se designa perito médico legista,traumatólogo, a efectos que:   I) Informe previo exhaustivo examen clínico y realizando:radiografías de columna lumbosacra frente, perfil, Ferguson y dos oblicuas; yelectromiograma con velocidad de conducción de ambos miembros inferiores, si laactora padece la sintomatología y/o enfermedad por la que demanda;   II) Determine el grado de incapacidad que le acarrea.Deberá, asimismo, tener en cuenta para este cálculo, el estado anatómico yfisiológico del sector afectado, pero con una alusión integral del organismocomo un todo, como una estructura funcionante en su totalidad, antes y despuésdel infortunio;   III) Informe si la incapacidad es de carácter progresivo y-en caso afirmativo- fecha aproximada de la finalización de la evolución ypronóstico de la evolución futura;   IV) Informe acerca de la sintomatología, dolores y/omolestias que provoca la aludida afección;   V) Teniendo en cuenta las enfermedades que presenta elactor, informe que tratamientos médicos deberá seguir, durante cuanto tiempo yel costo que estos implican mensualmente o anualmente;   VI) En la anamnesis del actor, deberá consignar: a) médicosconsultados, fechas y diagnósticos de los mismos; b) estudios a que fuesometido y sus resultados; c) Tratamientos instituidos, médico que losprescribió y en qué consistieron;   VII) En el examen físico el experto detallará: a) Resultadodel examen clínico general; b) Marcha, ejes columnarios, marcha sobre puntas ytalones; movilidad de columna en forma activa y pasiva; tonismo de musculaturalumbar y de los miembros inferiores; reflejos osteotendinosos y sensibilidadmetamórica fuerza de miembros y del Hallus;   VIII) Informará en base a los antecedentes adjuntados aautos por esta parte, y a la Historia Clínica del actor, si existió mala praxismédica, por impericia, imprudencia o negligencia, teniendo en cuenta: a)Aumento de la signosintomatología incapacitante presentada por el actor en elpostoperatorio; b) Insuficiencia de la Historia Clínica preoperatoria, que nodetecta la estrechez uretral; c) Modificación de los electrimiogramas previos yposteriores a la intervención quirúrgica. 23- Punto de Pericia:   B Pericia Psicológica: Se designeperito psicólogo a efectos que: informe las implicancias directas e indirectassobre la personalidad del demandante producida por la sintomatología y/oenfermedad por la que demanda, y el grado de incapacidad que la misma provocaen el actor.