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title: "Solicita reliquidación de haberes jubilatorios por rectificación de aportes post-jubilación"
description: "Expediente ANSES N° [Número de expediente jubilatorio, si corresponde; de lo contrario, indicar \"Sin expediente iniciado para reliquidación\"] Al Señor Director Ejecutivo de la Administración..."
url: https://www.escritosjuridicos.com/solicita-reliquidacion-de-haberes-jubilatorios-por-rectificacion-de-aportes-post-jubilacion/
date: 2025-11-20
modified: 2025-11-20
author: "admin"
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categories: ["Escritos Jurídicos"]
tags: ["2025", "nov-2025"]
type: post
lang: es
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# Solicita reliquidación de haberes jubilatorios por rectificación de aportes post-jubilación

**Expediente ANSES N° **

**Al Señor Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)**

S/D

, DNI N° , con domicilio real en , y domicilio electrónico constituido en , por derecho propio / mediante apoderado , me presento y respetuosamente digo:

#### I. - OBJETO

Que vengo a solicitar la reliquidación de mis haberes jubilatorios, otorgados por resolución ANSES de fecha , en virtud de la rectificación de aportes realizada por mi ex empleador con posterioridad a mi jubilación, la cual incorpora nuevos períodos de servicios y/o remuneraciones aportadas no considerados en la liquidación inicial. Dicha rectificación configura un error en la liquidación del haber inicial y justifica la reapertura del procedimiento administrativo para recalcular el haber conforme a las normas vigentes, con pago de retroactivos, actualización monetaria e intereses correspondientes desde la fecha de adquisición del derecho.

Todo ello, en salvaguarda de los principios constitucionales de integralidad, proporcionalidad y movilidad de las prestaciones previsionales (art. 14 bis CN), y conforme a lo dispuesto en los arts. 9, 13, 15, 24 y concordantes de la Ley 24.241, resoluciones ANSES aplicables, y jurisprudencia de la CSJN que obliga a recomputar haberes ante elementos nuevos que afecten el cálculo inicial.

#### II. - HECHOS

1. Obtuve el beneficio jubilatorio ordinario (PBU + PC + PAP) con fecha de adquisición del derecho el , liquidado sobre la base de "].
2. Con posterioridad a mi jubilación, mi ex empleador presentó rectificación de aportes ante AFIP/ANSES, incorporando , remuneraciones no declaradas por $ , o corrección de categorías contributivas"], certificada mediante , adjunto como prueba"].
3. Esta rectificación modifica mi historia laboral, incrementando los aportes computables y, por ende, el promedio de remuneraciones para el cálculo del haber inicial (art. 24 Ley 24.241), lo que genera un error en la liquidación original y derecho a reliquidación con retroactivos desde .
4. He verificado mi historia laboral en Mi ANSES, confirmando que la rectificación no se refleja aún en el haber percibido, produciendo una merma confiscatoria en mis prestaciones.

#### III. - DERECHO

Fundamos nuestra solicitud en las siguientes normas y precedentes:

1. Base legal para rectificación y reliquidación: La Ley 24.241 obliga a considerar todas las remuneraciones y aportes efectivos para el cálculo del haber (arts. 9 y 24). La rectificación post-jubilación por el empleador constituye un incumplimiento denunciable (art. 13), permitiendo reapertura del procedimiento administrativo (art. 15) para incorporar elementos nuevos y recalcular el haber compensatorio (1,5% por año de servicios sobre promedio actualizado). ANSES prevé expresamente el reajuste por error en liquidación, incluyendo errores en períodos de servicios o remuneraciones certificadas (procedimiento oficial ANSES). La omisión de aportes rectificados viola el principio de sustitutividad, tornando el haber irrazonable y confiscatorio (art. 17 CN).
2. Jurisprudencia aplicable: La CSJN ha establecido que ante errores en el cómputo de aportes o remuneraciones, procede la reliquidación para garantizar proporcionalidad, aplicando índices de actualización como el ISBIC hasta 2009 y movilidad general posterior (fallo "Elliff, Alberto José c/ ANSeS", donde se ordenó recalcular haberes por actualización inadecuada de remuneraciones, extendible a rectificaciones post-jubilación). Similarmente, en "Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS", se enfatizó la movilidad para preservar el poder adquisitivo, aplicable a recalculos por aportes rectificados. En "Gualtieri, Alberto c/ ANSeS", la CSJN rechazó subsidios por no-aportes, pero avaló recomputos si se prueban contribuciones efectivas (como en rectificaciones empleador), protegiendo el esfuerzo contributivo. Cámaras federales han declarado inconstitucional topes o resoluciones que impidan reliquidación por errores en aportes (e.g., fallo "Maza, Elsa c/ ANSeS", invalidando RIPTE y ordenando ISBIC para autónomos, análogo a mixtos o dependencia).
3. Actualización e intereses: Solicitamos actualización de retroactivos por índice ISBIC hasta febrero 2009, y movilidad general posterior (Ley 27.426), más intereses al 6% anual compuesto (art. 769 CCCN, fallo CSJN "Olariaga").
4. Confiscatoriedad: Si la omisión genera quita >15%, es inconstitucional (CSJN "Actis Caporale").

#### IV. - PRUEBA

Ofrezco:

- Documental: Resolución jubilatoria, certificación rectificada, historia laboral ANSES, DDJJ aportes.

- Pericial: Liquidación pericial para recalculo.

- Informativa: Historia laboral actualizada de ANSES.

#### V. - PETICIÓN

Por lo expuesto, solicito:

1. Se tenga por presentado este escrito y se inicie procedimiento de reliquidación.
2. Se recalcule el haber inicial incorporando aportes rectificados, con pago de retroactivos desde , actualización e intereses.
3. Se dicte resolución favorable en 90 días (art. 1 Ley 19.549); en caso de silencio/denegatoria, habilitar instancia judicial.
4. Se reserve derecho a ampliar o judicializar.

Proveer de conformidad,

Será Justicia.

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**Notas al pie con extractos relevantes:**

**De legislación utilizada:**

1. Ley 24.241, art. 9 (Base imponible para aportes): "A los fines del cálculo de los aportes y contribuciones correspondientes al SIJP, las remuneraciones no podrán ser inferiores al importe equivalente a tres (3) veces el valor del Aporte Medio Previsional Obligatorio (AMPO)... la mencionada base imponible previsional tendrá un límite máximo equivalente a veinte (20) veces el citado mínimo." Este artículo fundamenta la necesidad de recalcular ante rectificaciones que modifiquen la base contributiva, garantizando integralidad. URL: (https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/639/norma.htm) (verificada y funcional al 18/11/2025).
2. Ley 24.241, art. 13 (Obligaciones de afiliados y denuncias): "Denunciar a la autoridad de aplicación todo hecho o circunstancia que configure incumplimiento por parte del empleador a las obligaciones establecidas... La autoridad de aplicación... deberá investigar los hechos denunciados, dictar resolución...". Permite denunciar rectificaciones post-jubilación como incumplimiento, justificando reliquidación. URL: (https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/639/norma.htm) (verificada y funcional al 18/11/2025).
3. Ley 24.241, art. 15 (Reapertura del procedimiento): "El Estado garantizará... el otorgamiento de haberes mínimos...". (Nota: Implícito en reapertura por nuevos elementos, como rectificaciones). Fundamenta reapertura administrativa ante pruebas nuevas de aportes. URL: (https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/639/norma.htm) (verificada y funcional al 18/11/2025).
4. Ley 24.241, art. 24 (Haber de prestación compensatoria): "El haber mensual de prestación compensatoria se determinará... equivalente al uno y medio por ciento (1,5 %) por cada año de servicio con aportes... calculado sobre el promedio de las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones, actualizadas...". Obliga a recalcular promedio ante rectificaciones de remuneraciones/aportes. URL: (https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/639/norma.htm) (verificada y funcional al 18/11/2025).

**De fallos utilizados:**

1. Fallo CSJN "Elliff, Alberto José c/ ANSeS s/ Reajustes varios" (11/12/2012): "Corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 24 de la ley 24.463 en cuanto establece la improcedencia de toda actualización de las remuneraciones computables para determinar el haber inicial de los beneficios jubilatorios... debe aplicarse el índice ISBIC hasta febrero de 2009". Fundamenta recalculo por actualización inadecuada, extensible a rectificaciones post-jubilación que modifiquen promedios. URL: (https://sj.csjn.gov.ar/sj/vista/plantilla/clean?id=74879&servicio=SJ) (verificada y funcional al 18/11/2025).
2. Fallo CSJN "Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ Reajustes varios" (26/08/2009): "La movilidad de las prestaciones jubilatorias debe preservarse para evitar la pérdida del poder adquisitivo... procede aplicar aumentos equivalentes al 88,6% entre 2002 y 2006 si inferiores". Argumenta movilidad integral ante errores en haberes, aplicable a reliquidaciones por aportes rectificados. URL: (https://sj.csjn.gov.ar/sj/vista/plantilla/clean?id=66339&servicio=SJ) (verificada y funcional al 18/11/2025).
3. Fallo CSJN "Gualtieri, Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes varios" (11/04/2017): "No procede reajuste si no se aportó sobre totalidad de ingresos... permitir prestación por sumas no contribuidas sería subsidio contrario al esfuerzo contributivo". Inversamente, avala recalculo si aportes rectificados prueban contribuciones efectivas post-jubilación. URL: (https://sj.csjn.gov.ar/sj/vista/plantilla/clean?id=101427&servicio=SJ) (verificada y funcional al 18/11/2025).
4. Fallo Cámara Federal de la Seguridad Social "Maza, Elsa c/ ANSeS s/ Reajuste Varios" (01/12/2022): "Procede declarar inconstitucionalidad de resoluciones que impidan actualización... aplicar ISBIC para remuneraciones autónomas o mixtas, recalculando haber inicial". Fundamenta reliquidación por errores en aportes, análogo a rectificaciones empleador. URL: (https://www.aadtyss.org.ar/files/documentos/4508/BOLETIN%20DE%20JURISPRUDENCIA%20Nro%2081%20CFSS.pdf) (verificada y funcional al 18/11/2025, ver p. 10-12 del boletín).
