--- title: "Solicitud de aumento de cuota alimentaria a favor del menor [nombre y apellido del menor], dni n° [número de dni], de 10 años de edad. intimación al pago bajo apercibimiento de acciones judiciales." description: "CARTA DOCUMENTO [Ciudad, Provincia], [Fecha: día/mes/año] Señor/a [Nombre y Apellido del Obligado Alimentario (destinatario)], DNI N° [Número de DNI], Domicilio: [Dirección completa, Ciudad,..." url: https://www.escritosjuridicos.com/solicitud-de-aumento-de-cuota-alimentaria-a-favor-del-menor-nombre-y-apellido-del-menor-dni-n-numero-de-dni-de-10-anos-de-edad-intimacion-al-pago-bajo-apercibimiento-de-acciones-judiciale/ date: 2025-12-26 modified: 2025-12-26 author: "admin" image: https://www.escritosjuridicos.com/wp-content/uploads/2019/04/demanda-incidental-alimentos.jpeg categories: ["Escritos Jurídicos"] type: post lang: es --- # Solicitud de aumento de cuota alimentaria a favor del menor [nombre y apellido del menor], dni n° [número de dni], de 10 años de edad. intimación al pago bajo apercibimiento de acciones judiciales. **CARTA DOCUMENTO** , Señor/a , DNI N° , Domicilio: . Ref.: Solicitud de aumento de cuota alimentaria a favor del menor , DNI N° , de 10 años de edad. Intimación al pago bajo apercibimiento de acciones judiciales. De nuestra consideración: Por la presente, en representación del menor , hijo/a común con usted, nacido/a el , y en ejercicio de la responsabilidad parental compartida conforme al art. 658 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN)^1, le notificamos formalmente la necesidad de aumentar la cuota alimentaria actualmente fijada en , establecida por . Los hechos que motivan esta solicitud son los siguientes: 1. El menor , de 10 años, reside conmigo en , y sus necesidades han evolucionado conforme a su edad, incluyendo gastos en educación, salud, vestimenta, alimentación, esparcimiento y transporte, agravados por el contexto inflacionario actual. 2. Desde la fijación de la cuota original, ha transcurrido , durante el cual el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC ha registrado una variación acumulada de , lo que erosiona el poder adquisitivo de la cuota y afecta el derecho del menor a una manutención adecuada^2. 3. De acuerdo con la Canasta de Crianza del INDEC, para un menor de 6 a 12 años, el costo mensual estimado en noviembre 2025 asciende a $571.106 (desglosado en $290.537 por bienes y servicios, y $280.569 por costo de oportunidad del cuidado)^3, lo que evidencia que la cuota actual resulta insuficiente para cubrir siquiera el de dichas necesidades, considerando la obligación compartida de ambos progenitores. 4. Como progenitor/a con cuidado personal principal, asumo la mayor parte de las tareas de crianza, las cuales tienen valor económico conforme al art. 660 CCyCN^4, lo que justifica una contribución proporcional mayor por su parte, dada su capacidad económica "]. Fundamos esta solicitud en los siguientes preceptos legales y jurisprudenciales: - El art. 659 CCyCN^5 establece que los alimentos comprenden la satisfacción integral de necesidades del menor, incluyendo manutención, educación y salud, proporcionales a las posibilidades económicas de los obligados y necesidades del alimentado. La cuota debe modificarse ante cambios de circunstancias, como la inflación, conforme al art. 661 CCyCN^6. - La jurisprudencia ha reconocido consistentemente la necesidad de actualizar las cuotas alimentarias por inflación, utilizando el IPC del INDEC como índice objetivo. Por ejemplo, en el fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala L, se confirmó la actualización semestral por IPC, considerando el proceso inflacionario de público conocimiento^7. - Asimismo, los tribunales han incorporado la Canasta de Crianza del INDEC como referencia mínima para fijar cuotas, estableciendo que éstas no pueden ser inferiores al 80% de dicho índice para garantizar la objetividad y equidad^8. En otro precedente, se prefirió este índice sobre el salario mínimo vital y móvil, por ser específico para costos de crianza y considerar las tareas de cuidado asumidas por uno de los progenitores^9. - El art. 662 CCyCN^10 legitima al progenitor conviviente para reclamar la contribución del otro, y el art. 663 CCyCN^11 extiende la obligación hasta los 25 años en casos de capacitación, aunque aquí se limita a la minoridad. En consecuencia, le intimamos a que, dentro de los días hábiles de recibida la presente, proceda a aumentar la cuota alimentaria a , con actualización automática cada seis meses conforme al IPC publicado por el INDEC en su sitio oficial. Dicho aumento deberá aplicarse retroactivamente desde , abonando las diferencias devengadas en una cuota única. En caso de incumplimiento, nos veremos obligados a iniciar las acciones judiciales correspondientes por aumento de cuota alimentaria (art. 661 CCyCN), alimentos provisorios (art. 662 CCyCN) y ejecución de las sumas adeudadas, con imposición de costas, intereses y astreintes a su cargo, sin perjuicio de denuncias por incumplimiento del deber alimentario (art. 239 del Código Penal). Queda usted notificado. Sin otro particular, saludamos a usted atentamente. , DNI N° , Domicilio: , Teléfono: , Correo electrónico: .