Contrato individual de trabajo a plazo fijo para extranjeros que inician trámite pro radicación en el país

  

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CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A PLAZO FIJO PARA EXTRANJEROS QUE INICIAN TRÁMITE PRO RADICACIÓN EN EL PAÍS.__ CONTRATO DE TRABAJO. PRELIMINAR (A- PARTES) Entre …(persona física o jurídica: empresa, empresario y registraciones laborales e impositivas), con domicilio en …, representada para este acto por su …(apoderado, Gerente de …, Presidente, propietario, etc.), señor … (DNI. …), según mandato …, en adelante denominado/a «EMPLEADOR», por una parte y el/la Sr./a/ta. … (DNI. …), fecha y lugar de nacimiento …, nacionalidad …, con domicilio real en …, en adelante denominado/a «EMPLEADO/A», por la otra, celebran este CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A PLAZO FIJO, en el marco del artículo 90 incisos «a» y «b» mas 93 a 95 de la ley 744, demás normas legales vigentes y supletoriamente a las declaraciones y estipulaciones siguientes: PRIMERA (I- OBJETO) El EMPLEADOR contrata al EMPLEADO para realizar las tareas siguientes: …(generales de …<auxiliar contable, asistencia en …, aspirante a …, cadetería, computadorización, conserjería, contaduría, manufacturación en …, oficina, portería, promoción, recepcionista, telefonía, ventas, etc.>) y su actividad se regirá por el Convenio Colectivo de Trabajo … SEGUNDA (II- PLAZO) El plazo contractual será de … (…) meses desde …(comenzará cuando el EMPLEADO obtenga la correspondiente habilitación de la Dirección Nacional de Migraciones). TERCERA (III- JORNADA Y LUGAR DE TRABAJO) La jornada laboral tendrá … (…) horas, comenzando a las 00:00 horas y finalizando a las 00:00 horas, de …(lunes a sábado) y se desarrollará en ...(lugar y domicilio laboral), pudiendo modificarse a opción del EMPLEADOR. CUARTA (IV- SALARIO) La remuneración mensual bruta (antes de los descuentos) será de pesos … ($…), a cobrar por mes vencido. QUINTA (V- DATOS PERSONALES) 1- El EMPLEADO declara haber entregado al EMPLEADOR, una ficha firmada con sus datos personales y domicilio, responsabilizándose por la veracidad de ellos. 2- El EMPLEADO asume especialmente el compromiso de actualizar los datos que se modificaren. SEXTA (VI- DOMICILIOS) Los domicilios declarados precedentemente serán eficaces a efectos de cualesquiera Notificaciónes. SÉPTIMA (VII- PREAVISO) 1- Las partes deberán preavisar la extinción del contrato, con una antelación no menor de un (1) mes ni mayor de dos (2), respecto a la expiración del plazo convenido. 2- Aquella que lo omitiera, se entenderá que acepta la conversión como de plazo indeterminado, salvo actos expresos de renovación por plazos iguales o distintos a los previstos originariamente. OCTAVA (VIII- VIGENCIA) La relación laboral comenzará su vigencia cuando el EMPLEADO obtenga la correspondiente habilitación de la Dirección Nacional de Migraciones, lo cual deberá ser acreditado previamente por éste ante el EMPLEADOR. NOVENA (IX- JURISDICCIÓN ADMINISTRATIVA Y JUDICIAL) Las partes se someterán a la jurisdicción administrativa del Ministerio de Trabajo de la Nación y a la jurisdicción judicial de la justicia ordinaria del trabajo de la Capital Federal. DÉCIMA (X- FIRMAS E INSTRUMENTACIÓN) En prueba de aceptación y conformidad se suscriben (firman)(…) ejemplares del presente, de igual tenor y al mismo efecto y se entregan a …, quiénes los reciben de conformidad. UNDÉCIMA (XI- LUGAR Y FECHA) Celebrado en …(lugar), a los … días del mes de … del año .. <<<NOTAS: 1- Será obligatorio constituir domicilio en el real para el empleado. 2- Legalizar la firma de ambas partes, la del empleado ante el consulado argentino donde resida y la del empleador ante escribano, colegio profesional y Ministerio de RR.EE. (si fuera necesario presentarla en el país del empleado). 3- Las partes deberán preavisar la extinción del contrato, con antelación no menor de 1 mes ni mayor de 2 la expiración del plazo contractual convenido, salvo cuando dure menos de 1 mes. 4- Carece del período «a prueba» por 3 meses. 5- El plazo máximo es de 5 años (art. 93 ley 744) y pasados se convierte en por tiempo indeterminado. 6- También la prórroga o sucesión de contratos, cuando las modalidades de las tareas o de la actividad apreciadas razonablemente no lo justifiquen, lo convertirá en permanente (art. 90 ley 744), con sus consecuencias (preaviso, indemnización por despido, etc.). 7- El empleado deberá constituir domicilio en el real.>>>  

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