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CONTRATO LOCATIVO DE VIVIENDA (RESIDENCIAL) TIPO DEPARTAMENTO EN PROPIEDAD HORIZONTAL (ALQUILER $).__ CONTRATO DE LOCACIÓN INMOBILIARIA. PRELIMINAR (A- PARTES) Entre el Sr. … (DNI. … y CUIT. …), domiciliado en …, en adelante denominado «LOCADOR» por una parte y el Sr. … (DNI. … y CUIT. …), domiciliado en …, en adelante denominado «LOCATARIO», por la otra parte, celebran este CONTRATO DE LOCACIÓN DE FINCA PARA VIVIENDA EN PROPIEDAD HORIZONTAL, según las declaraciones y cláusulas (estipulaciones) siguientes: PRIMERA (I- OBJETO) 1- El LOCADOR da en locación al LOCATARIO, la unidad …, del edificio en propiedad horizontal ubicado en …, en adelante denominada «UNIDAD LOCADA». 2- La UNIDAD LOCADA está compuesta principalmente por: … 3- Además se entrega con las cosas incorporadas separables siguientes: … 4- Tanto la UNIDAD LOCADA, como las cosas incorporadas separables, se entregan en perfecto estado de conservación, instalación y funcionamiento. 5- Al reintegrarla deberá devolver el LOCATARIO todo en el mismo estado recibido, salvo deterioros, que causen el buen uso y el transcurso del tiempo, caso contrario, responderá por los daños y perjuicios, que involucran reparar lo averiado, reponer lo faltante, más los alquileres perdidos, por el lapso insumido en reparaciones. SEGUNDA (II- DESTINO) 1- La UNIDAD LOCADA sólo podrá destinarse a vivienda personal del LOCATARIO y su familia. 2- Están prohibidas cualesquiera sublocaciones y/o transmisiones, parciales o totales, transitorias o permanentes, gratuitas u onerosas y en general, a todo título y el cambio del destino habitacional. 3- Caso contrario responderá con una «cláusula penal» de pesos … ($…), por cada violación a ésta. TERCERA (III- CONVIVIENTES) Denuncia el LOCATARIO como únicos «convivientes», a las personas siguientes: … CUARTA (IV- ALQUILER) El ALQUILER mensual será de pesos … ($…), a pagarse por período adelantado, del … al … de cada mes, en la dirección … o en cualquiera otra, a elección del LOCADOR, en los límites políticos de …, en el horario de 00:00 a 00:00. QUINTA (V- BUENA FE) Queda entendido que las partes actuarán siempre de buena fe y así realizan y cumplirán este contrato. SEXTA (VI- DEMORA) Ante el impago en plazo del ALQUILER por el LOCATARIO, pagará al LOCADOR una «cláusula penal» de pesos … ($…) por cada día de demora y habilitará al segundo a incoar acción de desalojo, preintimación a pagar la suma adeudada, en el plazo de diez (10) días corridos. SÉPTIMA (VII- PLAZO) 1- El plazo total de este contrato, será de … (…) meses, comenzando el …/…/.. y finalizando el …/…/.., a las 12:00 horas (A.M.), sin obligación de notificar que fenece. 2- Al vencimiento del plazo será obligación del LOCATARIO restituir la UNIDAD LOCADA, sin interpelación alguna, caso contrario pagará al LOCADOR, como «cláusula penal» la suma de pesos … ($…) por día, exigible por adelantado, hasta la devolución de la UNIDAD LOCADA, en perfectas condiciones, pactándose para su cobro, «el procedimiento judicial ejecutivo». 3- La «cláusula penal» por irrestitución de la UNIDAD LOCADA, es independiente de la obligación de pagar el ALQUILER y del derecho de accionar, que tendrá el LOCADOR, singular o pluralmente, por incumplimientos del LOCATARIO, sean por mora en el pago de alquileres, «expensas comunes de la propiedad horizontal», tributos, tasas, servicios. etc. 4- En todos los casos de incumplimientos de obligaciones con plazo, la mora será automática, sin necesidad preinterpelación alguna. 5- Para preparar «el procedimiento judicial ejecutivo», bastará este contrato, acta de constatación notarial del hecho o acto y liquidación por contador, certificando el monto de la «cláusula penal» que corresponda. OCTAVA (VIII- INTERESES) 1- Todo pago fenecido el plazo, devengará un interés acumulativo, en carácter de punitorio; a tasa flotante y capitalización semestral, cuya tasa se fijará el primer día hábil de cada semana. 2- El interés aplicable, será el doble del fijado por el Banco …(Bancor, BBVA Francés, Citibank, Ciudad de Bs. As., Comafi, Credicoop, de la Nación Argentina, de La Pampa, de la Provincia de Buenos Aires, de San Juan, Galicia, Hipotecario, HSBC, Industrial and Commercial Bank of China, Itaú, Macro, Nuevo Banco del Chaco, Nuevo Banco de Santa Fe, Patagonia, Piano, Santander Río, Supervielle) o el reemplazante, en sus tasas activas, para descubiertos en cuenta corriente “sin acuerdo”. 3- Las tasas aplicables a cada período, serán las del inmediato anterior. NOVENA (IX- MEJORAS) 1- Queda prohibida toda modificación y/o mejoras voluntarias, en la UNIDAD LOCADA. 2- El LOCATARIO libera al LOCADOR, del pago de cualesquiera mejoras, así fueren necesarias y/o urgentes y las asume. 3- Asimismo, pagará también, el arreglo de todas las averías que acaecieren, renunciando a todo derecho de repetición y/o retención, contra el LOCADOR y las dejará en beneficio de la UNIDAD LOCADA, sin indemnización alguna. DÉCIMA (X- DAÑOS) 1- El LOCADOR queda liberado y no responderá por los daños y perjuicios que sufran el LOCATARIO o terceros en sus personas y/o en sus bienes por causa de accidentes, averías, catástrofes, cortocircuitos, corrosión, derrumbes, deflagraciones, desperfectos, deterioros, estragos, explosiones, fallas, filtraciones, humo, humedades, imperfecciones, incendios, inundaciones, pérdidas, roturas, de cualesquier tipos, incluyendo el caso fortuito y la fuerza mayor, ya que el LOCATARIO los asume como riesgo propio, quedando liberado el LOCADOR de las obligaciones de los artículos 1200 a 1204 del Código Civil y Comercial (Sección 4ª, Efectos de la locación, Parágrafo 1°, Obligaciones del locador). 2- Se prohíbe asimismo al LOCATARIO depositar materiales inflamables, tóxicos y/o peligrosos en la UNIDAD LOCADA. UNDÉCIMA (XI- CARGAS) 1- Las «expensas comunes» de la propiedad horizontal, tanto (ya sean) ordinarias y/o extraordinarias, las tasas, y/o tributos, sean municipales, provinciales o nacionales, que gravaren la UNIDAD LOCADA, serán a cargo del LOCATARIO. 2- También queda obligado a pagar las tasas o consumos, por servicios de agua corriente y desagües cloacales, electricidad, gas y teléfono. 3- El servicio telefónico que tiene la UNIDAD LOCADA, corresponde al Nº… y si por culpa del LOCATARIO el LOCADOR perdiera la línea telefónica, el primero pagará como “cláusula penal» la suma de pesos … ($…). 4- Todas las obligaciones del LOCATARIO, subsistirán hasta la restitución de la UNIDAD LOCADA con la conformidad del LOCADOR. 5- Aceptará el LOCATARIO, los sistemas punitivos de la morosidad, por los impagos en plazo, que sean implantados por el Consorcio de Propietarios, por las prestadoras de servicios o entes recaudadores de tasas y gravámenes. 6- Cuando el LOCADOR abonare el LOCATARIO deberá reintegrarle la suma pagada reajustada. 7- Sobre dicha suma se aplicará un interés mensual, del doble de las tasas activas, para descubiertos en cuenta corriente “sin acuerdo”, cobradas por el Banco …(Bancor, BBVA Francés, Citibank, Ciudad de Bs. As., Comafi, Credicoop, de la Nación Argentina, de La Pampa, de la Provincia de Buenos Aires, de San Juan, Galicia, Hipotecario, HSBC, Industrial and Commercial Bank of China, Itaú, Macro, Nuevo Banco del Chaco, Nuevo Banco de Santa Fe, Patagonia, Piano, Santander Río, Supervielle). 8- El LOCATARIO deberá entregar al LOCADOR todos los comprobantes de pago de estas obligaciones, junto al pago de los alquileres, contra recibo detallado, caso contrario se considerará que no ha pagado. DUODÉCIMA (XII- VERIFICACIONES) 1- El LOCATARIO respetará las disposiciones del Reglamento de Propiedad Horizontal y el Reglamento Interno del Edificio, cuales declara conocer. 2- El LOCATARIO ha visitado el edificio y la UNIDAD LOCADA, asintiendo los servicios del primero y el estado de la segunda. 3- El LOCATARIO libera al LOCADOR de toda responsabilidad por interrupción parcial o total, temporaria o permanente de los servicios que prestan, el consorcio de propietarios del edificio (agua, ascensores, calefacción, desagües cloacales y pluviales, portería, seguridad y vigilancia) y/o las prestadoras externas de agua y desagües cloacales, electricidad, Internet, gas o sanitarios. DECIMOTERCIA (XIII- FIANZA) 1- Afianzando todas las obligaciones contractuales y extracontractuales que nacieren del presente relación para el LOCATARIO, hasta la restitución de la UNIDAD LOCADA, con conformidad del LOCADOR, se obliga/n como FIADOR/ES Principal/es Pagador/es, que lleva implícita la solidaridad y carencia de los beneficios de excusión, división y preinterpelación, el/los señor/es, cuyos datos de identidad, domicilio/s real/es y finca/s (propiedad/es inmueble) que afecta/n son: …, como único/s titular/es del dominio perfecto y para responder por su/s obligacion/es accesorias, el/los fiador/es la/s afecta/n a esta fianza. 2- Se obliga/n a no venderlas, ni constituir cualesquiera derechos reales, tampoco constituirla/s (afectarla/s) como «Bien de familia». 3- La/s responsabilidad/es del/los fiador/es abarcará/n también la responsabilidad civil hacia terceros, que pueda surgir para el LOCATARIO, derivada de esta locación. DECIMOCUARTA (XIV- DEPOSITO DINERARIO EN GARANTÍA) 1- En garantía del pago inmediato de obligaciones del LOCATARIO y hasta la restitución de la UNIDAD LOCADA, más el pago de sumas dinerarias a su cargo, éste entrega al LOCADOR, en calidad
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