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CONTRATO LOCATIVO INMOBILIARIO DE DEPARTAMENTO (P.H.) AMOBLADO PARA RESIDENCIA O VIVIENDA.__ CONTRATO DE LOCACIÓN. PRELIMINAR (A- PARTES) Entre el Sr. … (DNI. … y CUIT. …), domiciliado en …, en adelante denominado «LOCADOR» por una parte y el Sr. … (DNI. … y CUIT. …), domiciliado en …, en adelante denominado «LOCATARIO», por la otra parte, celebran este CONTRATO DE LOCACIÓN DE DEPARTAMENTO AMOBLADO PARA VIVIENDA EN PROPIEDAD HORIZONTAL, según las declaraciones y cláusulas (estipulaciones) siguientes: PRIMERA (I- OBJETO) 1- El LOCADOR da en locación al LOCATARIO la …(unidad …, piso …, departamento …), del edificio en propiedad horizontal ubicado en …, con todo su moblaje; en adelante denominada «UNIDAD LOCADA AMOBLADA». 2- La UNIDAD LOCADA AMOBLADA está compuesta principalmente por: …(ambientes; baños; cocina; comedor; dependencias de servicio <dormitorio y baño>; dormitorios; estar <«living»>; estar-comedor <«living»-comedor>; pasillo, vestidor, etc.) 3- Tanto la UNIDAD LOCADA AMOBLADA como sus accesorios se entregan en …(buen, excelente, perfecto, regular, …) estado de conservación y funcionamiento, con todas sus instalaciones. 4- Al reintegrarla devolverá el LOCATARIO todo (finca, accesorios incorporados separables y moblaje) en similar estado al recibido, salvo deterioros con el buen uso y el transcurso del tiempo, caso contrario, responderá por los daños y perjuicios, que involucran reparar lo averiado, reponer lo faltante o pagar su avalúo, más los alquileres perdidos, por el lapso insumido en reparaciones. SEGUNDA (II- DESTINO) 1- La UNIDAD LOCADA AMOBLADA sólo podrá destinarse a vivienda personal del LOCATARIO y su familia. 2- Están prohibidas cualesquiera sublocaciones y/o transmisiones, parciales o totales, transitorias o permanentes, gratuitas u onerosas y en general, a todo título y el cambio del destino. 3- Caso contrario responderá con una «cláusula penal» de …<pesos … ($…)/dólares de los Estados Unidos de América … (EUA$…)>, por cada violación a ésta. TERCERA (III- ALQUILER) El ALQUILER mensual será de pesos … ($…), a pagarse por período adelantado, del … al … de cada mes, en la dirección … o en cualquiera otra, a elección del LOCADOR, en los límites políticos de …, en el horario de 00:00 a 00:00. CUARTA (IV- DEMORA) Ante el impago en plazo del ALQUILER, el LOCATARIO pagará al LOCADOR una «cláusula penal» de …<pesos … ($…)/dólares de los Estados Unidos de América … (EUA$…)> por cada día de demora y habilitará al segundo a incoar acción de desalojo, preintimación a pagar la suma adeudada en el plazo de diez (10) días corridos. QUINTA (V- PLAZO) 1- El plazo total de esta locación, será de VEINTICUATRO (24) meses, comenzando el …/…/.. y finalizando el …/…/.., a las 12:00 horas (A.M.), sin obligación de notificar que fenece. 2- Al vencimiento del plazo será obligación del LOCATARIO restituir la UNIDAD LOCADA AMOBLADA, sin interpelación alguna, caso contrario pagará al LOCADOR, como «cláusula penal» la suma de …<pesos … ($…)/dólares de los Estados Unidos de América … (EUA$…)> por día, exigible por adelantado y hasta la devolución de la UNIDAD LOCADA AMOBLADA en perfectas condiciones, pactándose para su cobro «el procedimiento judicial ejecutivo». 3- La «cláusula penal» por irrestitución de la UNIDAD LOCADA AMOBLADA, es independiente de la obligación de pagar el ALQUILER y del derecho de accionar, que tendrá el LOCADOR singular o pluralmente, por incumplimientos del LOCATARIO. 4- En todos los casos de incumplimientos de obligaciones con plazo, la caída en mora será automática, sin necesidad preinterpelación alguna. 5- Para preparar «el procedimiento judicial ejecutivo», bastará este contrato, acta de constatación notarial del hecho o acto y liquidación por contador, certificando el monto de la «cláusula penal» que corresponda. SEXTA (VI- INTERESES) 1- Los pagos fenecido el plazo devengarán un interés acumulativo, en carácter de punitorio; a tasa flotante o variable y capitalización semestral, cuya tasa se fijará el primer día hábil de cada semana. 2- El interés aplicable, será el doble del fijado por el Banco …(Bancor, BBVA Francés, Citibank, Ciudad de Bs. As., Comafi, Credicoop, de la Nación Argentina, de La Pampa, de la Provincia de Buenos Aires, de San Juan, Galicia, Hipotecario, HSBC, Industrial and Commercial Bank of China, Itaú, Macro, Nuevo Banco del Chaco, Nuevo Banco de Santa Fe, Patagonia, Piano, Santander Río, Supervielle); …) o el reemplazante, en sus tasas activas para «descubiertos» en cuenta corriente “sin acuerdo”. 3- Las tasas aplicables a cada período, serán las del inmediato anterior. SÉPTIMA (VII- MEJORAS) 1- Queda prohibida toda modificación y/o mejoras en la UNIDAD LOCADA AMOBLADA. 2- El LOCATARIO libera al LOCADOR de pagar cualesquiera mejoras, así fueren necesarias y/o urgentes y las asume. 3- También el LOCATARIO pagará la reparación (el arreglo) de todas las averías que acaecieren, renunciando a todo derecho de repetición y/o retención, contra el LOCADOR y las dejará en beneficio de la UNIDAD LOCADA AMOBLADA, sin indemnización alguna. OCTAVA (VIII- DAÑOS) 1- El LOCADOR queda liberado y no responderá por
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